TIGRE, 15 de septiembre de 1995.-
VISTO:
Que por Ordenanza Nº 1676/95, pasó del dominio público municipal al dominio privado municipal, el predio designado catastralmente, Circunscripción II, Sección P, Manzana 164, Parcela 2, de 5.563,50m2., el que fuera donado a la Dirección General de Escuelas y Cultura de la Provincia de Buenos Aires, para emplazamiento del nuevo edicio de la Escuela Nº 11, y,
CONSIDERANDO:
Que el art. 2º de dicha norma faculta al D.E. a compensar la superficie desafectada, a los efectos de cumplir el art. 60 de la Ley 8912.
Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza 1676/95,
DECRETA
ARTICULO_1.- Desaféctase del dominio privado municipal y aféctase al dominio público municipal, la superficie de cinco mil quinientos sesenta y tres metros cuadrados con cincuenta centímetros ( 5.563,50 m2.), correspondiente a la Circunscripción I, Sección C, Fracción Ia, parcela 1, de 11 Ha., 45 a, 38 ca., a los efectos de cumplir el art. 60 de la Ley 8912, correspondiente a la Ordenanza Nº 1676/95, promulgada por Decreto 388/95.
ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Dirección de Catastro. Regístrese en Área Patrimonio.
FIRMADO: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
DECRETO Nº 1008/95
Es copia del original archivado en la Dirección de Despacho General y Digesto