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Cultura - Decreto 988/95

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C12 
Cultura 


DECRETO 988/95

TIGRE, 13 de septiembre de 1995.-

VISTO:

   Que el  Museo de la Reconquista cuenta con el Salón Auditorio DON SANTIAGO DE LINIERS, y,

CONSIDERANDO:

   Que corresponde dictar normas que regulen el uso de dicho salón, a los efectos de garantizar su mejor aprovechamiento para manifestaciones culturales.

   Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

 

D E C R E T A

 

ARTICULO 1.- El Salón Auditorio “DON SANTIAGO DE LINIERS”, del Museo de la Reconquista, se destina exclusivamente para sede de actos culturales, tales como conferencias, exposiciones, y en general todo acto para el cual resulten aptas sus instalaciones y que a criterio de la Secretaría de Gobierno representen una manifestación cultural, quedando fuera de estos alcances las reuniones informativas o de difusión que organicen instituciones del Partido de Tigre.

ARTICULO 2.- Derógase la Resolución 747/95.-

ARTICULO 3.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO 4.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Dirección General de Cultura, Museos y  Lugares Históricos.



FIRMADO: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.

DECRETO  Nº  988