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Convenios - Ordenanza 976/99

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C7 
Convenios 


 ORDENANZA 976/99 

TIGRE, 13 de mayo de 1999.-


VISTO:
   Que por Ordenanza Nº 2141/98 se facultó al Departamento Ejecutivo a suscribir convenio con el señor MIGUEL ANGEL BENITO, destinado a la apertura en ancho normal de la calle Entre Ríos, de la localidad de Don Torcuato, frente a la parcela 4b, de la Circunscripción II, Sección J, Quinta 134, Fracción I,  de 27,50 m por 7,50 m, con una superficie de 206,25 m2, en el marco de los lineamientos fijados por la Asesoría Letrada a fs. 37 del expediente 4112-1846/98, conforme Ley 11.838, modificatoria de la Ley Orgánica de las Municipalidades, y,
 
CONSIDERANDO:

   Que este Departamento Ejecutivo comparte en un todo el convenio elaborado por la Asesoría Letrada en cumplimiento de la mencionada Ordenanza 2141/98, correspondiendo su registro y puesta en vigencia.
   Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza 2141/98,

DECRETA

ARTICULO_1.- Regístrese y pónese en vigencia el convenio celebrado en cumplimiento de la Ordenanza 2141/98, con el señor Miguel Angel Benito, que textualmente se transcribe:

Entre la Municipalidad de Tigre, representada en este acto por el Intendente Municipal Ctdor. Ricardo José Ubieto, con domicilio en la Avda. Cazón 1514 del mismo Partido, por una parte y el Sr. Miguel Angel Benito, con domicilio en Avda. Libertador 17.432, Beccar, Partido de San Isidro, por la otra parte, se conviene en formalizar el presente acuerdo en base a la Ordenanza 2141/98.
Cláusula I El Sr. Miguel Angel Benito cede en propiedad a la Municipalidad de Tigre, el predio identificado catastralmente como Circunscripción II, Sección J, Quinta 134, Fracción I, Parcela 4b, del Partido de Tigre, a los fines de completar la pavimentación y apertura al uso público de la calle Entre Ríos en la localidad de Don Torcuato.
Cláusula II: Como contraprestación de la cesión antedicha la Municipalidad de Tigre compensará los tributos adeudados por el predio a la fecha de la firma del presente, en concepto de Tasas Retributivas de Alumbrado, Barrio y Limpieza en base a las facultades introducidas por la Ley 11.838. Asimismo se hará cargo del costo del pavimento, veredas y obras complementarias de la fracción cedida, como también de los gastos de escrituración y subdivisión que correspondieren, de acuerdo con lo tramitado en el expediente 4112-1846/98.
Cláusula III: El Sr. Miguel Angel Benito se compromete a suscribir todos los instrumentos que correspondieren al perfeccionamiento de la transferencia dominial a favor de la Municipalidad de Tigre y aportar la documentación obrante en su poder.
Cláusula IV: Las parte fijan domicilio en los enunciados mas arriba en donde serán válidas todas las notificaciones. En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efectos en la ciudad de Tigre a los ... días de .... de 1999.-

ARTICULO 2.- Intervenga las Secretarías de Economía y Hacienda y de Obras Públicas a los efectos de cumplir la cláusula II.-

ARTICULO_3.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_4.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por las Secretarías de Economía y Hacienda y de Obras Públicas. Tomen conocimiento Área Patrimonio y Dirección de Catastro.



Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 976/99