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Estacionamiento - Decreto 944/99

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto E7 
Estacionamiento 


DECRETO 944/99

TIGRE, 11 de mayo de 1999.-

VISTO:

   Que la Dirección  General de Tránsito informa que se ha detectado numerosos casos de uso de la vía público como depósito de automotores particulares, y,

CONSIDERANDO:

   Que la Ordenanza del 13 de junio de 1936, prohibe expresamente “utilizar la vía pública como depósito de vehículos, se encuentren éstos cargados o vacíos”.

   Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las facultades reglamentarias establecidas en el artículo 108, incisos 3, de la Ley Orgánica de las Municipalidades,

DECRETA

ARTICULO_1.- En carácter reglamentario del artículo 2 de la Ordenanza del 13 de junio de 1936, todo vehículo que se encuentre utilizando la vía pública en calidad de depósito, será considerado mal estacionado y removido por el procedimiento establecido en la Ordenanza 90/78.

ARTICULO 2.- La utilización de la vía pública en calidad de depósito, quedará establecida cuando los agentes municipales detecten la misma por el estado de abandono del automotor o por la falta de libre uso y limpieza del sector de la vía pública ocupado por el mismo.

ARTICULO 3.- Cuando el responsable de infringir el artículo 2 de la Ordenanza del 13 de junio de 1936, resulte un comercio que usufructúe la vía pública, se trate o no del titular del vehículo, corresponde, además del procedimiento establecidos en los artículos precedentes, el inicio de actuaciones contravencionales conforme artículos 119 y 120 de la Ordenanza 1101/90 “Código Contravencional del Partido de Tigre”, sin excluirse otras contravenciones debidamente verificadas en cada caso.

ARTICULO 4.- Lo dispuesto precedentemente no excluye el inicio de actuaciones contravencionales establecidas en el “Código de Tránsito de la Provincia de Buenos Aires”

ARTICULO_5.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_6.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Municipal. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Dirección  General de Tránsito. Tome conocimiento el Juzgado Municipal de Faltas.

 


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 944/99