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Terrenos Privados - Ordenanza 789/83

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T14 
 Terrenos Privados 


 ORDENANZA 789/83 

TIGRE, 22 de junio de 1983.-

VISTO:

Que se encuentra próximo a finalizar e inaugurar el nuevo edificio de la Delegación Municipal de General Pacheco, que funcionará en un solo predio ubicado en Santiago del Estero 350, y,

CONSIDERANDO

Que a partir de la inauguración antes mencionada queda libre el terreno y la construcción donde actualmente funciona dicha delegación, ubicada en la calle Mendoza Nº 202, de General Pacheco, Partido de Tigre.

Que en la zona de influencia se encuentra el Jardín de Infantes Nº 916, del Ministerio de Educación de la Provincia de Buenos Aires, funcionando en instalaciones precarias que deberán desalojar a la brevedad para dar lugar a la construcción del nuevo Hospital de General Pacheco.

Que ante esta circunstancia se encuentra procedente donar el predio municipal y su edificio para que el Ministerio de Educación de la Provincia de Buenos Aires lo adecue y lo afecte al funcionamiento del mencionado establecimiento de enseñanza preescolar.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 9448, sanciona con fuera de

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1.- (Ord. 1883/96): Transfiérese a la Dirección General de Educación y Cultura de la Provincia de Buenos Aires, los derechos posesorios de esta Municipalidad sobre el terreno designado catastralmente Circunscripción II, Sección a, Manzana 51, parcela 5, con todo lo construido en el mismo, para el funcionamiento del Jardín de Infantes Nº 916.-

ARTICULO 2.- En forma inmediata al traslado de la Delegación Municipal de General Pacheco al nuevo edificio que se está construyendo frente a la Plaza GENERAL ÁNGEL PACHECO, se dará posesión al Ministerio de Educación del local que se cede por la presente ordenanza.

ARTICULO 3.- Designase a la escriba ZULMA BUIRA de SCHMIDT para realizar los trámites correspondientes a la traslación de dominio.

ARTICULO 4.- Refrenden la presente Ordenanza los señores Secretarios del Departamento Ejecutivo.

ARTICULO 5.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Tome conocimiento el Departamento Patrimonio de esta Municipalidad. Agréguese el plano correspondiente a la obra civil donada. Dese intervención al Ministerio de Educación de la Provincia de Buenos Aires.

 

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 789.-