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Convenios - Decreto 785/74

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C7 
Convenios


DECRETO 785/74  

Corresponde expediente 4112-5285/73

TIGRE, 1º de agosto de 1974.-

VISTO:

Que por el normal desenvolvimiento de los trabajos que hacen a la esfera municipal se celebran convenios de trabajo y/o  colaboración con distintas reparticiones del orden nacional, provincial o municipal, y,

CONSIDERANDO

Que no se cuenta con un registro especial que agrupe a todos los convenios en vigencia, lo que ocasiona que no se tenga un panorama general de los mismos, ni se tenga presente vencimientos u otras condiciones propias de cada uno de ellos.

Por tal circunstancia, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

 

ARTICULO 1.- Créase, a partir de la fecha del presente Decreto, el “REGISTRO DE CONVENIOS”, que estará a cargo de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y que consistirá en un legajo  especial en el que obren archivadas fotocopias de los convenios celebrados por la Municipalidad, como así también planillas en la que consten los datos sintéticos de cada uno de ellos.

ARTICULO 2.- Todas las dependencias municipales procederán a elevar a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos aquellos convenios que obren en la misma y se encuentren vigentes.

ARTICULO 3.- La Dirección de Despacho General adoptará las providencias necesarias para incluir en aquellos decretos de aprobación de convenios, la correspondiente disposición de inclusión en el Registro de Convenios.

ARTICULO 4.- La Secretaría de Obras y Servicios Públicos será el organismo responsable de comunicar a la dependencia que compete sobre vencimientos de convenios que requieran renovación o cancelación de alguna modalidad administrativa vigente.

ARTICULO 5.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios del Departamento Ejecutivo.

ARTICULO 6.- Dése al R.M. Tomen conocimiento todas las dependencias municipales. Con copia del presente iníciese el legajo especial creado por el artículo 1º. Cúmplase por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.

 

DECRETO Nº 785.-