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Licencia de Conducir - Decreto 546/95

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto L3
Licencia de Conducir 


DECRETO 546/95

TIGRE, 8 de junio de 1995.


VISTO:

   Que el trámite de “registro de conductor” que realiza esta Municipalidad se rige por las Directivas del Registro provincial de las personas, y está gravado con Derechos de Oficina fijados en la Ordenanza Impositiva de cada año y por una tasa provincial que percibe el Banco de la Provincia de Buenos Aires,  y, 

CONSIDERANDO:

   Que a los efectos de facilitar el trámite a cargo del solicitante, esta Municipalidad adquiere del Banco Provincia los mencionados timbrados, para luego cargarlos al responsable del pago en el momento de entrega del registro respectivo.  

   Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO_1.- Desígnase al señor Director General de Tránsito, Don Jorge Alejandro Fernandez, D.N.I. 16.018.753, encargado de retirar de la Tesorería Municipal la suma de pesos un mil ($ 1.000), para timbrar en el Banco Provincia de Buenos Aires, Sucursal Tigre, la documentación de registro de conductor, con el importe fiscal provincial correspondiente al mencionado trámite, para repetir   con cargo al contribuyente que obtiene el mencionado “registro de conductor”. Por el movimiento de este dinero, la conservación de los timbrados,  la entrega al titular de licencia de conductor y la percepción del valor abonado en el Banco Provincia,  deberá rendir cuentas en la forma que determine la Contaduría Municipal.

ARTICULO 2.- La operatoria establecida en el artículo anterior se repetirá cada vez que se agoten los timbrados obtenidos.

ARTICULO 3.- El movimiento de dinero dispuesto por el presente Decreto se hará con cargo a la Finalidad 1, 1.1.2.12.3., “Gastos Generales Varios”, del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTICULO_4.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_5.- Dese al Registro Municipal de Normas. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Dirección General de Tránsito y por la Contaduría Municipal.

 


FIRMADO: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.

DECRETO Nº 546/95

 

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Apoderados - Decreto 554/95

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto  A13
Apoderados


DECRETO  554/95

TIGRE, 8 de junio de 1995.-


VISTO:
   Que el Área Patrimonio de la Secretaría de Economía y Hacienda tiene a su cargo las tareas relacionadas con el registro del   los automotores municipales y los trámites antes las compañías aseguradoras,  y, 

CONSIDERANDO:
   Que este Departamento Ejecutivo comparte en un todo el informe producido por la Secretaría de Economía y Hacienda, del cual se desprende que corresponde otorgar poder especial al personal de dicha dependencia para que tomen a su cargo los trámites pertinentes ante las dependencias con competencia en  el registro dominial de automotores y compañías aseguradoras.
   Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones


DECRETA

 

ARTICULO_1.- Otórguese PODER ESPECIAL a los agentes del Área Patrimonio de la Secretaría de Economía y Hacienda: PATRICIA MARCELA DALL’ ARMELLINA, DNI 17.176.010, Legajo personal Nº 3121, Grupo A.P.T., Categoría 12, y HORACIO SIXTO EUGENIO TRICERRI, DNI 4.584.379, DNI 4.584.379, legajo personal Nº 240, Grupo A.P.T., Categoría 10, con el objeto de realizar gestiones administrativas relacionadas con los automotores propiedad de esta Municipalidad, ante las dependencias con competencia en registro dominial de automotores y compañías aseguradoras.

ARTICULO 2.- Dese intervención a la Escribana Municipal a los efectos de confeccionar el poder motivo del artículo anterior.

ARTICULO_3.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Hacienda.

ARTICULO_4.- Dese al Registro Municipal de Normas. Notifíquese y cúmplase por la Escribana Municipal y por Área Patrimonio de la Secretaría de Economía y Hacienda.

 


FIRMADO: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Cdor. Hugo Leber Secretario de Economía y Hacienda.
Ricardo Ubieto, Intendente.


DECRETO Nº 554

 

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Infraestructura Caminos - Ordenanza 577/52

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto I3
Infraestructura Caminos 


 ORDENANZA 577/52 

ARTICULO 1.- Facúltase al Departamento Ejecutivo para que inicie ante el Superior Gobierno Provincial, las gestiones necesarias para que ceda libre de cargo, hasta la cantidad de cuarenta mil (40.000) adoquines, sobrantes de la pavimentación de la Avenida Presidente Perón, a fin de ser destinados a impostergables mejoras edilicias, en el interior del Distrito.

ARTICULO 2.- De no ser viable la precitada gestión por razones de contratación, etc., podrá el D.E., previo recaudo de Ley, adquirir el citado material para ser colocados como pasos de piedras en las calles de los pueblos de Don Torcuato, El Talar, General Pacheco, Benavidez, Ingeniero Maschwitz, Dique Luján y el bañado de Tigre, y en otros parajes donde sean necesarios.

ARTICULO 3.- El Departamento Ejecutivo reglamentará y controlará su ejecución, previa opinión de las Delegaciones Municipales, Instituciones vecinales y vecinos caracterizados.

ARTICULO 4.- Comuníquese a la Intendente Municipal a sus efectos.

 

ORDENANZA 577/52
SALA DE SESIONES, 6 de junio de 1952
Promulgada por Decreto 942 del 17 de junio de 1952.-

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Escudo Municipal - Ordenanza 650/52

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto E4
Escudo Municipal


 ORDENANZA 650/52 

 

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Ancianidad - Ordenanza 667/52

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto A20
Ansianidad


 ORDENANZA 667/52 

ARTICULO 1.-  Crease el Hogar Municipal de Ancianos.

ARTICULO 2.- De Presupuesto caduco.

ARTICULO 3.- Para sus sostenimiento se incluirán las partidas correspondientes en el Presupuesto de Gasto anual, sin perjuicio de aceptar toda donación o legado con ese destino.

ARTICULO 4.- Facultase al Departamento Ejecutivo a dictar su reglamentación para el funcionamiento del mismo.

ARTICULO 5.- Comuníquese a la Intendencia Municipal, a sus efectos.

 

SALA DE SESIONES, 16 de octubre de 1952.
FIRMADO: KRAUSS, Secretario, ROMANO, Presidente.