logo tigre
spotlight

Tigre

digestos

spotlight

Tigre

digestos

spotlight

Tigre

digestos

Imprimir
PDF

Alquileres - Decreto 326/16

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto A15
Alquileres


DECRETO 326/16

TIGRE, 18 de marzo de 2016.-

VISTO:

El Decreto 1365/04 con la modificación introducida en el artículo 1° por Decreto 1640/13, y,

CONSIDERANDO:

La necesidad de ajustar la exigencia de requisitos a cumplir por dependencias municipales que propongan celebrar contratos de locación de inmuebles, a efectos de brindar mayor eficiencia y celeridad a la tramitación de estos asuntos.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

 

D E C R E T A

 

ARTÍCULO 1.- Modifícase el artículo 1º del Decreto 1365/04, el que quedará redactado conforme el siguiente texto:

“ARTICULO_1.- Fíjanse los siguientes requisitos a reunir por las dependencias municipales encargadas de proponer contratos de locación de inmuebles:

a) Fotocopia autenticada por el funcionario actuante, de la documentación que acredite que el Locador tiene título suficiente a fin de dar en locación el inmueble.
b) Fotocopia del documento de identidad del o los locadores.
c) Objeto del contrato.
d) Estado de la cuenta de Tasa por Servicios Municipales.
e) Acreditar condición fiscal ante AFIP y ARBA. (De no encontrarse inscripto en la AFIP, se debe informar al locador que se retendrá el porcentaje que la normativa tributaria vigente exija)

ARTICULO 2.- Refrenden el presente Decreto la señora Secretaria de Legal y Técnica y el señor Secretario General.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Notifíquese. Cúmplase.


       
Firmado: Dr, Julio César Zamora, Intendente Municipal. Dra. María Renata Scafati, Secretaria de Legal y Técnica.
Cdor. Luis Fernando Lauría, Secretario General
DECRETO N° 326/16


 

Imprimir
PDF

Transito Pesado - Ordenanza 2916/08

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T2
Transito Pesado 


ORDENANZA  2916/08

TIGRE, 11 de julio de 2008.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 2916/08, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión del 8 de julio de 2008, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1.-  Fíjase la siguiente ruta para el transporte de carga que opera en las obras del emprendimiento urbanístico autorizado por expediente 4112-25.401/06: tránsito proveniente de Ruta Panamericana, por Avda. Henry Ford, Avda. de los Constituyentes, giro a la izquierda para acceder al barrio Las Tunas por calle Lucio Mansilla.

ARTICULO 2.-  El Departamento Ejecutivo adoptará las providencias necesarias para habilitar el giro a la izquierda mediante semáforo en Avda. de los Constituyentes y calle Lucio Mansilla, a los efectos de permitir el cumplimiento del artículo anterior.

ARTICULO 3.- El Departamento Ejecutivo adoptará los controles necesarios para verificar que el transporte de carga cumpla con las normativas vigentes y se adapte a la resistencia de los pavimentos a utilizar.

ARTICULO 4.- Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 8 de julio de 2008.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 2916/08.-

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese por la Dirección General de Tránsito. Tome conocimiento la Subsecretaría de Planeamiento Urbano de la Secretaría de Inversión Pública, Urbanismo y Gestión Ambiental.

 

                                                          
Firmado: Sergio Massa, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 896/08

 

Imprimir
PDF

Consecioenes - Ordenanza 3057/85

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C22 
Conseciones


ORDENANZA 3057/85

TIGRE, 14 de agosto de 1985.-

VISTO:

El informe producido por la Secretaria de Gobierno dando cuenta de la necesidad de establecer que obligatoriamente todo postulante a ser titular de una concesión o arrendamiento de bienes municipales, públicos o privados, debe encontrarse al día con el pago de los tributos municipales, cualquiera fuere su concepto, y

CONSIDERANDO:

Que tal obligación tiene por finalidad establecer un principio de justicia, ya que no debe ser titular de un beneficio de este tipo quien está en deuda con la Municipalidad y por ende en deuda con la comunidad.

Que este Departamento Ejecutivo comparte en un todo este criterio y aprueba la iniciativa presentada por la Secretaria de Gobierno.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

 

ARTICULO 1.- A partir de la fecha del presente Decreto ninguna persona física o jurídica, podrá ser titular de una concesión o arrendamiento de bienes públicos o privados del municipio, si registrase deuda de tributos municipales, cualquiera fuere el concepto de los mismos.

ARTICULO 2.- Encomiéndase a las dependencias municipales correspondientes, que tanto en los pliegos de bases y condiciones de concesiones o arrendamientos y en las normas que adjudiquen las mismas, se establezca una cláusula que determine que si el titular de la concesión o arrendamiento se constituyera en deudor de tributos municipales, el Departamento Ejecutivo podrá disponer la caducidad de la concesión o arrendamiento.

ARTICULO 3.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Hacienda.

ARTICULO 4.- Dése al Registro Municipal de Normas, Publíquese. Tomen conocimiento todas las dependencias municipales.  Por la Dirección de Rentas de la Secretaría de Economía y Hacienda adóptense las providencias necesarias para suministrar información sobre deudas en las solicitudes de concesiones o arrendamientos.  Por la Dirección de Despacho General remítase copia del presente a la Subsecretaria de Sistemas y Métodos.

 

DECRETO 3057, DEL 14-8-85
FIRMADO: Cardozo, Secretario de Gobierno. López Arean, Secretario de Economía y Hacienda. Giordano, Intendente.

Imprimir
PDF

Viaticos - Ordenanza 3340/89

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto V7
Viaticos


ORDENANZA 3340/89

Expediente 4112-26.257/76

VISTO Y CONSIDERANDO

   La necesidad de actualizar los importe establecidos en el Decreto 1059/88.
   Por ello, el Intendente Municipal del Partido de tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

 

ARTICULO 1.- Revócase el Decreto 1059/88.-

ARTICULO 2.- Todos los agentes municipales que deban cumplir una comisión percibirán conforme a lo determinado en este Decreto, los importes correspondientes a las circunstancias que se expresan a partir de la fecha del presente Decreto.

ARTICULO 3.- COMPENSACIÓN DE GASTOS. Se liquidarán en los caso en que por una comisión de servicios, los funcionarios o agentes municipales que por la continuidad del trabajo tengan que desayunar, almorzar, merendar o cenar en el lugar donde los sorprenda el cumplimiento de su cometido, de la siguiente forma:
a) En los casos que tengan que desayunar o merendar:   A 15.-
b) En los casos que tengan que almorzar o cenar: A 45.-

ARTICULO 4.- Al personal médico, choferes de ambulancias y enfermeras que se desempeñan en las unidades Sanitarias Municipales y que cumplan servicios de guardia durante 24 horas se liquidará la suma de A 36, por día de guardia en concepto de compensación de gastos por alimentos. Igual liquidación corresponderá para el personal municipal que realice guardias alternadas de 24 horas en el Frigorífico Rioplatense, en tareas relacionadas con la inspección y control sanitario.

ARTICULO 5.- Los gastos a que se refiere el presente Decreto, serán imputados en las partidas específicas del Presupuesto de Gastos.

ARTICULO 6.- El procedimiento a seguir para la aprobación de la compensación de gastos, será el siguiente:

a) Solicitud de comisión por parte de la Secretaría donde el agente presta servicios, determinando: lugar, fecha, motivo, duración, y si es o no con regreso diario, cuando la comisión sea por mas de un día.
b) Aprobación del señor Secretario de Gobierno o del señor Secretario de Economía y Hacienda.
c) La rendición de cuentas y determinación del importe, deberá ser aprobada por la Secretaría donde el agente presta servicios enviando la documentación justificativa a la Secretaría de Economía y Hacienda (Contaduría Municipal) para su pago.

ARTICULO 7.- Los importes que se asignan para las comisiones, servicios que se dispongan, serán adelantados con cargo a rendir cuentas de su inversión al término de las mismas. Cuando la comisión del servicio se cumpla en menor término del fijado y en consecuencia el importe a liquidar sea menor al del adelanto acordado,  el agente comisionado deberá reintegrar la diferencia resultante de inmediato, no pudiendo ser aplicada a comisiones posteriores. El incumplimiento a lo dispuesto en el párrafo anterior será considerado falta grave.
El agente en comisión que realice ésta y no rinda cuenta, sufrirá la demora en el pago de haberes, hasta tanto normalice la situación o el descuento correspondiente de los mismos.

ARTICULO 8.- Los casos especiales que no encuadren en este Decreto, serán objeto de una resolución adecuada a la circunstancia particular.

ARTICULO 9.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios del Departamento Ejecutivo.

ARTICULO 10.- Dese al Registro Municipal de Decretos. Comuníquese. Cúmplase.

 

DECRETO 3340/89
 

Imprimir
PDF

Plazas - Decreto 3480/15

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto N3 
Plazas


DECRETO  3480/15

TIGRE, 7 de septiembre de 2015.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 3480/15, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre en Sesión del 25 de agosto de 2015, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º.-   Emplazase el busto de María Eva Duarte de Perón “Evita” que se encontraba en la intersección de la calle Saavedra con la Avenida Larralde a la  rotonda construida  en la Avenida Larralde y la Ruta 197.-

ARTICULO 2º.-  Comuníquese al D.E., a sus efectos.-
SALA DE SESIONES; 25 de agosto de 2015.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

ARTÍCULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 3480/15.-

ARTÍCULO_2.- Refrende el presente Decreto la señora Secretaria de Legal y Técnica.

ARTÍCULO_3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Cúmplase por la Secretaría de Servicios Públicos y Conservación de Infraestructura. Tome conocimiento la Subsecretaría de Ceremonial y Protocolo.


Firmado: Dr, Julio César Zamora, Intendente Municipal. Dra. María Renata Scafati, Secretaria de Legal y Técnica.
DECRETO N° 1624/15