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Nordelta - Decreto 101/00

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto N5
Nordelta


DECRETO  101/00

 

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Semaforos - Decreto 289/00

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto S4 
Semaforos


DECRETO 289/00

TIGRE, 18 de febrero de 2000.-


VISTO:
    Que por los expedientes de referencia, la firma PLAZA LOGISTICA S.A., solicita autorización para construir dársenas de acceso al predio identificado catastralmente como Circunscripción III, Sección H, Rural, Parcela 160d, Zona Ip, donde se encuentra ejecutando la obra privada, con planos aprobados por expediente 4112-9834/99, del 13-9-99, así como la instalación de semáforos para tales accesos y en la intersección de Ruta 9 y calle Céspedes, y,  

CONSIDERANDO:
   Que la Secretaría de Obras Públicas se expide aprobando el proyecto de dársenas de acceso al predio, que la empresa presentó por Alcance número general 34.647, y Nº 2 del expediente 4112-11.589/99.
Que a fs. 3 del expediente 4112-12.866/00, se expiden en forma conjunta la Secretaría de Servicios Municipales y la Dirección  General de Tránsito, dando prefactibilidad para la instalación de los semáforos de acceso al predio, con más el de Ruta 9 y calle Céspedes.
Que las obras en cuestión se realizarán a costo cubierto de la empresa solicitante.
   Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones


DECRETA

ARTICULO_1.- Convalídase lo actuado por la Secretaría de Obras Públicas en el expediente 4112-11.589/99, y autorízase a la empresa PLAZA LOGISTICA S.A. a ejecutar la obra “dársenas de acceso” al predio ubicado en Circunscripción III, Sección H, Rural, Parcela 160d, Zona Ip, conforme al proyecto presentado por Alcance número general 34.647, y Nº 2 del expediente antes mencionado, la que deberá ejecutarse a costo cubierto de la empresa solicitante, bajo el control técnico de la Secretaría de Obras Públicas, y con depósito de garantía del cinco por ciento (5%) del monto de la obra a ejecutar en jurisdicción de vía pública.

ARTICULO 2.- Convalídase lo actuado por la Secretaría de Servicios Municipales y por la Dirección  General de Tránsito, en el expediente 4112-12.866/00, y autorízase a la empresa PLAZA LOGISTICA S.A. a instalar semáforos de acceso a planta  ubicada en Circunscripción III, Sección H, Rural, Parcela 160d, Zona Ip, cuyos planos fueran aprobados por expediente 4112-9834/99, con más la instalación de semáforos en la intersección de Ruta 9 y calle Céspedes, a costo cubierto de la empresa solicitante y bajo la supervisión de la Dirección  General de Tránsito  y la Secretaría de Servicios Municipales.

ARTICULO_3.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y de Obras Públicas.-

ARTICULO_4.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Secretaría de Obras Públicas, por la Dirección  General de Tránsito  y por la Secretaría de Servicios Municipales.

 


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Hugo Leber, Secretario de Economía y Hacienda a cargo de la Secretaría de Obras Públicas. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 289/00

 

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Transporte Taxi - Decreto 526/08

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T8 
Transporte Taxi


DECRETO 526/08

 

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Pesca - Decreto 953/02

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto P17 
Pesca


DECRETO  953/02



Ver Ordenanza 2694/05.

TIGRE, 18 de octubre de 2002.-

VISTO:

La gran afluencia de pescadores que se establecen y circulan a la vera de los ríos Tigre y Luján, con un fuerte incremento de los mismos en la temporada estival, y,

CONSIDERANDO:

Que según registros policiales sumados a los controles municipales practicados en la zona, se pudo comprobar un elevado incremento delictivo que resulta directamente proporcional con el aumento de la práctica deportiva descripta.

Que de posteriores informes se pudo establecer o detectar que la gran mayoría de los actos delictivos se realizan enmascarados bajo la apariencia de pseudopescadores o encubiertos por quienes supuestamente se hallan practicando dicho deporte.

Que esta Municipalidad es consciente de la extrema inseguridad que vive la Provincia de Buenos Aires, en la cual se incluye el distrito de Tigre.

Que en virtud de ello se torna necesario sobre la base de primarias razones de orden público, que este estado comunal dicte normas coadyuvantes al control que puedan realizar las fuerzas de seguridad, todo ello con el fin de integrar una eficaz conjunción legal y operativa al conflicto.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.- Prohíbese la práctica de la pesca deportiva en la vera de los Ríos Tigre y Luján, en el espacio comprendido por el  Paseo Lizardo Vidal Molina, calle Lavalle desde Puente Sacriste hasta Paseo Victorica y Paseo Victorica desde Lavalle hasta calle Tedín.

ARTICULO 2.- Queda igualmente prohibido en el sector delimitado por el artículo anterior, acampar en todas sus modalidades, con o sin elementos tales como asientos, sombrillas, etc., practicar juegos o deportes y toda otra actividad que no sea exclusivamente la circulación de personas.

ARTICULO 3.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_4.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Instálense los carteles que resulten necesarios. Verifíquese su cumplimiento.

 


Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 953/02

 

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Alquileres - Decreto 1365/04

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto A15 
Alquileres


DECRETO 1365/04

TIGRE, 22 de julio de 2004


VISTO:
Que a los efectos de la prestación de los servicios y cumplimiento de los programas de trabajo, esta Administración se ve en la necesidad de celebrar contratos de locación, y,

CONSIDERANDO:
Que a los efectos de la economía y precisión en el trámite, resulta conveniente reglamentar sobre los requisitos mínimos que cada funcionario debe reunir al momento de proponer la celebración de un contrato de arrendamiento.

Que la Asesoría Letrada se expidió a fs. 3 sin formular observaciones legales contrarias al proyecto de Decreto de fs. 2.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.- (Modificado por Decreto 1640/13) Fíjanse los siguientes requisitos a reunir por las dependencias municipales encargadas de proponer contratos de locación de inmuebles:

a) Fotocopia autenticada por el funcionario actuante, de la escritura de dominio del inmueble.
b) Copia de plancheta catastral identificando el inmueble.
c) Copia de plano de obra o croquis del inmueble a alquilar.
d) Fotocopia del documento de identidad del o los propietarios.
e) Objeto del contrato y certificación que el uso a asignar se encuentra contemplado en la planilla de usos del Código de Zonificación.
f) Estado de la cuenta de Tasa por Servicios Municipales.
g) Credencial Fiscal e inscripción en el impuesto sobre Ingresos Brutos. (De no encontrarse inscripto en la AFIP, se debe informar al propietario que se retendrá el 28% del monto pactado, en concepto de Impuesto a las Ganancias, alquileres bienes muebles o inmuebles, según la Resolución R6(AFIP) 830.)
h) PARTICULARIDADES:
1) Monto del contrato.
2) Forma y lugar de pago
3) Domicilio propuesto por el propietario
4) Plazo, con fecha de inicio y toma de posesión.
5) Responsable de pago de los servicios.
6) Responsable de pago de los impuestos sobre el inmueble
7) Causas de caducidad anticipada. Plazo de preaviso.
8) Estado de conservación del inmueble y definición de obras de adecuación y responsables de la misma.
9) Otras consideración a incorporar en el texto del contrato.

Texto del artículo 1° modificado por Decreto 1640/13:
ARTÍCULO 1.- Modifícase el artículo 1º del Decreto 1365/04, el que quedará redactado conforme el siguiente texto:

ARTICULO_1.- Fíjanse los siguientes requisitos a reunir por las dependencias municipales encargadas de proponer contratos de locación de inmuebles:

i) Fotocopia autenticada por el funcionario actuante, de la documentación que acredite que el Locador tiene título suficiente a fin de dar en locación el inmueble.
j) Copia de plancheta catastral identificando el inmueble para el caso que no obre documentación respecto del inmueble en cuestión en la Dirección General de Catastro.
k) Fotocopia del documento de identidad del o los locadores.
l) Objeto del contrato.
m) Estado de la cuenta de Tasa por Servicios Municipales.
n) Acreditar condición fiscal ante AFIP y ARBA. (De no encontrarse inscripto en la AFIP, se debe informar al locador que se retendrá el porcentaje que la normativa tributaria vigente exija)

ARTICULO 2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Cúmplase.

 


Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1365/04