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Convenios - Decreto 899/08

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C9
Convenios


Decreto 899/08

 

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Convenios - Resolucion 2513/07

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto  C7
CONVENIOS

 


RESOLUCIÓN 2513/07


 

CONVALIDADO POR ORDENANZA 2912/08

TIGRE, 26 de diciembre de 2007.-

VISTO:

El Protocolo Adicional al Convenio de Compromiso y Cooperación  del 16 de diciembre de 2004, aprobado por Ordenanza 2638/05, con el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, destinado al incremento de personal policial del Distrito Tigre, y,

CONSIDERANDO:

Que corresponde su registro conforme lo establece el Decreto 981/02.

Por ello, el Secretario de Gobierno en uso de facultades delegadas por Decreto 912/93

R E S U E L V E

ARTICULO 1.- Regístrase y pónese en vigencia el Protocolo Adicional al Convenio de Compromiso y Cooperación  del 16 de diciembre de 2004, aprobado por Ordenanza 2638/05,  celebrado con el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, cuyo texto se transcribe a continuación y su original se incorpora como anexo de la presente, destinado al incremento de personal policial del Distrito Tigre:


Entre el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires con domicilio en Calle 2 entre 51 y 53 de la ciudad de La Plata, representado en este acto por el Señor Ministro de Seguridad Doctor Carlos Ernesto Stornelli, en adelante “EL MINISTERIO” por una parte y el Municipio del Partido de Tigre, con domicilio en Av. Cazón 1514 de Tigre, representado en este acto por el Señor Intendente Municipal Sergio Massa, en adelante “EL MUNICIPIO”, ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante de dicho partido, y,
CONSIDERANDO:
             Que el 16 de diciembre del año 2004 las partes formalizaron un convenio de Compromiso y Cooperación cuyo objeto, en su artículo 1º, fue optimizar las formas de colaboración que, en temas de seguridad, “EL MUNICIPIO” le presta a “EL MINISTERIO”.
             Que en el artículo 2º de dicho convenio para el cumplimiento del objeto anterior, las partes convinieron trabajar para alcanzar un sistema basado en una policía de seguridad orientada a la comunidad, consustanciada plenamente con las características locales, formada, capacitada y equipada de acuerdo con las necesidades de la población y a las características de la amenaza delictiva.
             Que en el artículo 3º, inciso a., del mismo convenio, “EL MINISTERIO” se comprometió a incrementar los recursos actuales y diseñar, implementar y sostener un sistema de policía de seguridad de distrito, en coordinación conjunta con las autoridades municipales, teniendo como pautas la actividad delictiva y la densidad poblacional respecto de cada ámbito territorial que abarcan los sectores más intensamente afectados por el fenómeno delictivo.
Que en dicho convenio, en su artículo 4, inciso a., “EL MUNICIPIO” se comprometió a cooperar con “EL MINISTERIO” en el diseño e implementación del sistema de policía de seguridad de distrito.
             Que en el mismo convenio, en su artículo 5, “EL MUNICIPIO” se comprometió a continuar brindando el apoyo de infraestructura y de logística que conduzca a la optimización del servicio de policía de seguridad de cada localidad, según las necesidades y coordinaciones que se efectúen particularmente con “EL MINISTERIO”.
             Que de acuerdo a las previsiones contenidas en el artículo 6 de ese mismo convenio, para el cumplimiento de los objetivos allí propuestos, las partes se comprometieron a desarrollar otros programas, cuyas modalidades deberían ser objeto de protocolos adicionales a ese convenio, manteniendo como premisa el fortalecimiento de las comunidades locales y la generación de acciones policiales basadas en el principio de proximidad.
Por otra parte, que “EL MINISTERIO” administra, a través de la Subsecretaría de Investigación e Inteligencia Criminal, la información de los eventos comunicados al Sistema de Atención Telefónica de Emergencias creado por el Decreto 747/2005 y que dichos datos son fundamentales para poder tener actualizado el mapa delictual del distrito de Tigre.
  Que “EL MUNICIPIO” en su condición de integrante del Sistema de Atención Telefónica de Emergencias (artículo 3, inciso 10 “ANEXO I” Decreto 747/2005),  deberá también considerar la posibilidad de suscribir los convenios necesarios a los efectos de poder  implementar el sistema aludido, como así habilitar un procedimiento para la atención de las víctimas del delito, complemento indispensable para asistencia integral al damnificado, siendo también importante la coordinación de los medios que dispondrá una dependencia  municipal a crearse en forma especifica con los entes provinciales.
Todo ello de acuerdo a las previsiones contenidas en los artículos 9 y 10 del “ANEXO I” del Decreto 747/2005.
Por ello y en virtud de las competencias atribuidas al Ministerio de Seguridad por el artículo 19 inc 1, 7 y 8 de la ley 13.175; artículo 4 y concordantes de la ley 12.155, como asimismo lo estatuido en los artículos 1 y 2 de la ley 13.188; y las otorgadas por los artículos 41 y 108 inc. 11 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, al Señor Intendente Municipal y al Concejo Deliberante, las partes acuerdan celebrar el presente
PROTOCOLO ADICIONAL
ARTICULO PRIMERO: “EL MINISTERIO” se compromete a incrementar con nuevos policías los asignados actualmente al Sistema de Policía de Seguridad del distrito Tigre, con el fin de brindar una mayor presencia y prevención policial, ello en la forma y proporción que en lo sucesivo éste determine teniendo en cuenta las necesidades operativas del distrito.
ARTICULO SEGUNDO:  A los efectos de optimizar el sistema de patrullajes en las cuadrículas del distrito de Tigre, “EL MUNICIPIO” dotará de equipos de AVL (dispositivos GPS de rastreo satelital) y antenas (GPS  y celular) a los móviles policiales pertenecientes a “EL MINISTERIO” que están asignados a la Policía Distrital de Tigre. Los datos trasmitidos por los equipos serán administrados por “EL MUNICIPIO” y podrán ser replicados, en caso de ser solicitados, adonde “EL MINISTERIO” disponga.
ARTICULO TERCERO: “EL MINISTERIO”  y “EL MUNICIPIO” se comprometen a proceder al estudio y eventual implementación de aquellos proyectos, planes y programas relacionados con el Sistema de Atención Telefónica de Emergencias, para la optimización del mismo en función de la problemática y necesidades del distrito de Tigre como asimismo acerca de la provisión de aquellos recursos e información que permitan a “EL MUNICIPIO” mantener actualizado el Mapa Delictual.
ARTICULO CUARTO: “EL MINISTERIO” se compromete a implementar un servicio los días sábados, domingos y feriados para reforzar los circuitos turísticos de Tigre, ello en la forma y proporción que en lo sucesivo determine teniendo en cuenta las necesidades concretas del distrito.
ARTICULO SEXTO: A todos los efectos legales, “EL MINISTERIO” constituye su domicilio en la calle 2 entre 51 y 53 de la ciudad de La Plata , Provincia de Buenos Aires y “EL MUNICIPIO” en la calle Cazón Nº 1514 de Tigre.
EN PRUEBA DE CONFORMIDAD Y PARA CONSTANCIA, SE FIRMAN (2) EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR Y A UN SOLO EFECTO EN LA CIUDAD DE TIGRE A LOS 20 DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007.-

ARTICULO  2.- Dése a los Registros Municipales de Normas y de Contratos y Licitaciones. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Secretaría de Protección Ciudadana. Tome conocimiento Contaduría Municipal.

 

Firmado: Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.

  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto

RESOLUCION N° 2513/07

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Convenios - Resolucion 2514/07

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C7
CONVENIOS


RESOLUCION 2514/07

TIGRE, 26 de diciembre de 2007.-

VISTO:

El Protocolo Adicional al Convenio de Compromiso y Cooperación  del 16 de diciembre de 2004, aprobado por Ordenanza 2638/05, con el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, de entrega en comodato por parte de esta Municipalidad, de doce motocicletas que incrementarán la infraestructura policial del Distrito Tigre, y,

CONSIDERANDO:

Que corresponde su registro conforme lo establece el Decreto 981/02.

Por ello, el Secretario de Gobierno en uso de facultades delegadas por Decreto 912/93

R E S U E L V E

ARTICULO 1.- Regístrase y pónese en vigencia el Protocolo Adicional al Convenio de Compromiso y Cooperación  del 16 de diciembre de 2004, aprobado por Ordenanza 2638/05,  celebrado con el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, cuyo texto se transcribe a continuación y su original se incorpora como anexo de la presente, de entrega en comodato por parte de esta Municipalidad, de doce motocicletas que incrementarán la infraestructura policial del Distrito Tigre:

VISTO :  Que el 16 de diciembre de 2004 se firmó entre el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y cada uno de Municipios de la Zona Conurbano Norte, el Convenio de Compromiso y Cooperación, el cual fue aprobado por Decreto 3310/05 del Poder Ejecutivo Provincial y por Ordenanza Municipal de Tigre Nº 2693/05, y
CONSIDERANDO:
Que dicho convenio prevé el diseño, implementación y sostenimiento de un sistema de Policía de Seguridad en forma coordinada y cooperativa entre el Ministerio y los Municipios,
Que el Municipio de Tigre, a través del Convenio, se ha comprometido a continuar brindando el apoyo de infraestructura y de logística que conduzca a la optimización del servicio de Policía de Seguridad del Distrito,
Que desde el año 2003, la Municipalidad de Tigre ha venido entregando al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, vehículos para reforzar el sistema de seguridad del Distrito de Tigre.
Que es conveniente aportar a la diversificación del patrullaje en toda la extensión del Distrito, por lo cual se hace entrega de doce unidades de motocicletas.
Por ello: Entre el Municipio del Partido de Tigre, representado en este acto por el señor Intendente Municipal, Don Sergio Massa, en adelante “EL MUNICIPIO”, y el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, representando en este acto por su titular Doctor Carlos Ernesto Stornelli, en adelante “EL MINISTERIO”, se conviene celebrar el presente CONTRATO DE COMODATO, sujeto a las cláusulas y condiciones que se pactan y de conformidad con los antecedentes y documentación cursada entre ambas partes.


PRIMERA :  EL MUNICIPIO entrega en comodato al MINISTERIO, seis  (6)  unidades motocicletas Honda CG 125 Fan y seis (6) unidades de motocicleta modelo HONDA NXR 125 Bross, para servicio exclusivo para patrullaje policial, sujeto a las siguientes condiciones:
El MINISTERIO  deberá afectarlas a brindar tareas en las comisarías, subcomisarías o destacamentos de la Policía Distrital Tigre, sólo para realizar el servicio de patrulla en el Distrito Tigre, no pudiendo destinarlos a custodias personales ni de instituciones públicas o privadas.
El MINISTERIO deberá confeccionar las correspondientes órdenes de servicio, para  asignar los vehículos entre las jurisdicciones de cada Comisaría.
El MINISTERIO deberá dotar a los vehículos del personal necesario para el cumplimiento de su tarea, con asignación específica y singular, como así también completar su equipamiento operativo específico, incluyendo sistema de comunicaciones y seguimiento satelital.

SEGUNDA:  El plazo de duración del presente contrato lo es por el término de dos (2) años, a partir de la firma del presente, pudiendo prorrogarse automáticamente su vigencia, salvo denuncia expresa de cualquiera de las partes, efectuada con la antelación suficiente.

TERCERA:  El MUNICIPIO se reserva el derecho de rescindir el presente comodato si se les diera a las motos cedidas un destino distinto a lo estipulado. Para tal caso, el MINISTERIO deberá reintegrar los rodados en el plazo de cinco (5) días de comunicada fehacientemente dicha circunstancia.

CUARTA:  Para todos los efectos legales que pudieran derivarse del presente, ambas partes acuerdan someterse a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios del Departamento Judicial La Plata (conforme artículo 30 Decreto Ley 7543/69), siendo a tal efecto válidas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se efectúen con motivo del presente protocolo adicional, en los domicilios constituidos por las partes.

QUINTA:  Domicilios legales constituidos: A todos los efectos legales, EL MINISTERIO constituye su domicilio en la calle 2 entre 51 y 53 de la ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires y el MUNICIPIO DE TIGRE en la Avda. Cazón N° 1514 de Tigre, Provincia de Buenos Aires.

En prueba de conformidad y para constancia se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en el Partido de Tigre, el día veinte del mes de  diciembre del año dos mil siete.

 

ARTICULO  2.- Dése a los Registros Municipales de Normas y de Contratos y Licitaciones. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Secretaría de Protección Ciudadana. Tome conocimiento Contaduría Municipal.

Firmado: Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.

  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto

RESOLUCION N° 2514/07

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Convenios - Resolucion 2514/07

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C7
CONVENIOS


RESOLUCION 2514/07

TIGRE, 26 de diciembre de 2007.-

VISTO:

El Protocolo Adicional al Convenio de Compromiso y Cooperación  del 16 de diciembre de 2004, aprobado por Ordenanza 2638/05, con el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, de entrega en comodato por parte de esta Municipalidad, de doce motocicletas que incrementarán la infraestructura policial del Distrito Tigre, y,

CONSIDERANDO:

Que corresponde su registro conforme lo establece el Decreto 981/02.

Por ello, el Secretario de Gobierno en uso de facultades delegadas por Decreto 912/93

R E S U E L V E

ARTICULO 1.- Regístrase y pónese en vigencia el Protocolo Adicional al Convenio de Compromiso y Cooperación  del 16 de diciembre de 2004, aprobado por Ordenanza 2638/05,  celebrado con el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, cuyo texto se transcribe a continuación y su original se incorpora como anexo de la presente, de entrega en comodato por parte de esta Municipalidad, de doce motocicletas que incrementarán la infraestructura policial del Distrito Tigre:

VISTO :  Que el 16 de diciembre de 2004 se firmó entre el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y cada uno de Municipios de la Zona Conurbano Norte, el Convenio de Compromiso y Cooperación, el cual fue aprobado por Decreto 3310/05 del Poder Ejecutivo Provincial y por Ordenanza Municipal de Tigre Nº 2693/05, y
CONSIDERANDO:
Que dicho convenio prevé el diseño, implementación y sostenimiento de un sistema de Policía de Seguridad en forma coordinada y cooperativa entre el Ministerio y los Municipios,
Que el Municipio de Tigre, a través del Convenio, se ha comprometido a continuar brindando el apoyo de infraestructura y de logística que conduzca a la optimización del servicio de Policía de Seguridad del Distrito,
Que desde el año 2003, la Municipalidad de Tigre ha venido entregando al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, vehículos para reforzar el sistema de seguridad del Distrito de Tigre.
Que es conveniente aportar a la diversificación del patrullaje en toda la extensión del Distrito, por lo cual se hace entrega de doce unidades de motocicletas.
Por ello: Entre el Municipio del Partido de Tigre, representado en este acto por el señor Intendente Municipal, Don Sergio Massa, en adelante “EL MUNICIPIO”, y el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, representando en este acto por su titular Doctor Carlos Ernesto Stornelli, en adelante “EL MINISTERIO”, se conviene celebrar el presente CONTRATO DE COMODATO, sujeto a las cláusulas y condiciones que se pactan y de conformidad con los antecedentes y documentación cursada entre ambas partes.


PRIMERA :  EL MUNICIPIO entrega en comodato al MINISTERIO, seis  (6)  unidades motocicletas Honda CG 125 Fan y seis (6) unidades de motocicleta modelo HONDA NXR 125 Bross, para servicio exclusivo para patrullaje policial, sujeto a las siguientes condiciones:
El MINISTERIO  deberá afectarlas a brindar tareas en las comisarías, subcomisarías o destacamentos de la Policía Distrital Tigre, sólo para realizar el servicio de patrulla en el Distrito Tigre, no pudiendo destinarlos a custodias personales ni de instituciones públicas o privadas.
El MINISTERIO deberá confeccionar las correspondientes órdenes de servicio, para  asignar los vehículos entre las jurisdicciones de cada Comisaría.
El MINISTERIO deberá dotar a los vehículos del personal necesario para el cumplimiento de su tarea, con asignación específica y singular, como así también completar su equipamiento operativo específico, incluyendo sistema de comunicaciones y seguimiento satelital.

SEGUNDA:  El plazo de duración del presente contrato lo es por el término de dos (2) años, a partir de la firma del presente, pudiendo prorrogarse automáticamente su vigencia, salvo denuncia expresa de cualquiera de las partes, efectuada con la antelación suficiente.

TERCERA:  El MUNICIPIO se reserva el derecho de rescindir el presente comodato si se les diera a las motos cedidas un destino distinto a lo estipulado. Para tal caso, el MINISTERIO deberá reintegrar los rodados en el plazo de cinco (5) días de comunicada fehacientemente dicha circunstancia.

CUARTA:  Para todos los efectos legales que pudieran derivarse del presente, ambas partes acuerdan someterse a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios del Departamento Judicial La Plata (conforme artículo 30 Decreto Ley 7543/69), siendo a tal efecto válidas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se efectúen con motivo del presente protocolo adicional, en los domicilios constituidos por las partes.

QUINTA:  Domicilios legales constituidos: A todos los efectos legales, EL MINISTERIO constituye su domicilio en la calle 2 entre 51 y 53 de la ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires y el MUNICIPIO DE TIGRE en la Avda. Cazón N° 1514 de Tigre, Provincia de Buenos Aires.

En prueba de conformidad y para constancia se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en el Partido de Tigre, el día veinte del mes de  diciembre del año dos mil siete.

 

ARTICULO  2.- Dése a los Registros Municipales de Normas y de Contratos y Licitaciones. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Secretaría de Protección Ciudadana. Tome conocimiento Contaduría Municipal.

Firmado: Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.

  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto

RESOLUCION N° 2514/07

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Convenios - Resolucion 182/15

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C7
CONVENIOS


RESOLUCIÓN 182/15

TIGRE, 20 de enero de 2015.-

VISTO:

El Acta Acuerdo celebrada por el Departamento Ejecutivo a instancias de la tramitación efectuada por la Subsecretaría de Legal y Técnica, y,

CONSIDERANDO:

Que corresponde su registro conforme lo establece el Decreto 981/02.

Por ello, el Secretario de Legal y Técnica en uso de facultades delegadas por Decreto 912/93

R E S U E L V E

ARTICULO 1.- Regístrase el Acta Acuerdo del 19 de diciembre de 2014 suscripta con el Municipio de General Alvarado, cuyo original se anexa a la presente, sobre cartelería promocional turística de ambos municipios, en el ámbito del Convenio Marco de Colaboración registrado por Resolución 61/13.-

ARTICULO  2.- Dése a los Registros Municipales de Normas y de Contratos y Licitaciones. Notifíquese. Cúmplase.

RC1383-1
BO.742
23-01-15

Firmado: Carlos Vittor Secretario de Control Urbano y Ambiental
. A/c. Secretaría de Legal y Técnica.

RESOLUCIÓN N° 182/15