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Refugios Peatonales - Ordenanza 3376/13

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto R7

Refugios Peatonales 


ORDENANZA 3376/13

TIGRE, 18 de septiembre de 2013.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 3376/13, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre en Sesión Ordinaria del 17 de septiembre de 2013, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1.-  Convalidase el Decreto 1124/13 mediante el cual  se aceptó del señor Ricardo Antonio Lanza, DNI  12.372.936, CUIT 20-12372936-7, con domicilio en calle Vicente López 253, Temperley, la donación de trescientos (300) refugios peatonales a instalar en paradas del transporte público de pasajeros, con exhibición de publicidad por el plazo de ocho (8) años a partir de la fecha de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 2.- Exceptúase el presente caso del cumplimiento del artículo 25 de la Ordenanza 958/89 “Código de Publicidad del Partido de Tigre”.

ARTICULO 3.-  Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 17 de septiembre de 2013.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

 

ARTÍCULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 3376/13.-


ARTÍCULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.


ARTÍCULO_3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Secretaría de Protección Ciudadana.

 

Firmado: Sergio Massa, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
DECRETO N° 1269/13