MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto R7
Refugios Peatonales
ORDENANZA 3170/11
TIGRE, 19 de abril de 2011.-
VISTO:
La Ordenanza Nº 3170/11, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 12 de abril de 2011, que textualmente se transcribe:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1.- Convalídase el Convenio de donación, explotación publicitaria y mantenimiento de refugios peatonales, celebrado el 25 de octubre de 2010 con la empresa RBR CONSULTORA S.R.L., para la donación de doscientos (200) refugios peatonales y explotación publicitaria de los mismos por el plazo de 7 años, que fuera registrado por Resolución 2726/10.
ARTICULO 2.- Comuníquese al D.E., a sus efectos.-
SALA DE SESIONES, 12 de abril de 2011.-
Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
D E C R E T A
ARTICULO_1.- Promúlgase la Ordenanza Nº 3170/11.-
ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO_3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese
Firmado: Sergio Massa, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 493/11