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Via Publica - Decreto 4/95

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto V1
Via Publica


DECRETO Nº4/95


TIGRE, 2 de enero de 1995.


VISTO:

   Que resulta necesario dictar normas que regulen el correcto uso de las instalaciones del Paseo Victorica, a los efectos de preservar los espacios verdes y garantizar la conservación de las obras recientemente inauguradas, y,

CONSIDERANDO:

   Que en tal sentido corresponde definir las actividades que deben considerarse prohibidas, como requisito indispensable para garantizar el libre y buen uso de las instalaciones público y el mejor aprovechamiento por parte de la comunidad, erradicando las actividades perniciosas o destructivas para el medio.

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO_1º En los espacios verdes y sectores de paseo y descanso del Paseo Victorica, desde Lavalle hasta Vito Dumas, queda prohibido:

1.1. La venta ambulante.
1.2. La publicidad o promoción de productos o servicios.
1.3. La pesca los días viernes, sábados, domingos, feriados y vísperas de feriados.
1.4. Acampar.
1.5. Circular, descansar o pisar el cesped o espacios ajardinados.
1.6. Encender fuego.
1.7. Arrojar residuos o desperdicios de todos tipo.
1.8. Instalar mesas, sombrillas, sillones o similares.
1.9. Depositar botes, canoas o cualquier otra embarcación, excepto en la zona exclusivamente delimitada como rambla, y exclusivamente por el club frentista.
1.10. Estacionar todo tipo de vehículos, incluyendo motos.
1.11. Tomar sol en ropa de playa.
1.12. Extraer flores, hojas, ramas y en general dañar plantas y árboles.
1.13.  Pintar, escribir y producir cualquier tipo de  daño en  monumentos, obras y solados. 
1.14. Instalación de mesas, sillas, sillones, sombrillas y similares por parte de comercios habilitados, que no cuenten con autorización expresa.
  1.15. Exclúyese el sector geográfico motivo de estos actuados como posible ubicación de puestos comerciales permitidos por Ordenanza expresa, tales como venta de flores, etc.

ARTICULO_2º Encomiéndase al Juzgado de Faltas Nº1, elabore proyecto de ordenanza modificatoria del Código Contravencional del Partido de Tigre, introduciendo las sanciones que correspondieren con relación a las prohibiciones establecidas en el artículo anterior.

ARTICULO_3º Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_4º Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Cúmplase.


FIRMADO: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
DECRETO Nº 4/95