MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto L3
Licencia de Conducir
ORDENANZA 2179/99
TIGRE, 17 de junio de 1999.-
VISTO:
La Ordenanza Nº 2179/99, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 8 de junio de 1999, que textualmente se transcribe:
O R D E N A N Z A
ARTICULO_1º Eximir del pago de la Tasa para la obtención y/o renovación de los registros de conductor para los integrantes de los Cuerpos de Bomberos Voluntarios del Partido de Tigre que se desempeñen como choferes y sean los responsables de conducir los vehículos en los actos de servicios.
ARTICULO 2º El Departamento Ejecutivo reglamentará la presente a los efectos de una correcta aplicación de la misma.
ARTICULO_3º Comuníquese al D.E. a sus efectos.
SALA DE SESIONES, 8 de junio de 1999.-
Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
D E C R E T A
ARTICULO_1º Promúlgase la Ordenanza Nº 2179/99.-
ARTICULO_2º Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO_3º Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Encomiéndase a la Dirección General de Tránsito elabore proyecto de reglamentación. Por la Secretaría de Economía y Hacienda incorpórese en los proyectos de Ordenanzas Fiscal e Impositiva futuros.
Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1048/99