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Infraestructura vial - Ordenanza 2575/04

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto I3
Infraestructura Vial 


ORDENANZA 2575/04

TIGRE, 15 de abril de 2004.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 2575/04, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 13 de abril de 2004, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1.-  Modifícase el inciso c) del artículo 1º de la Ordenanza 2564/03, el que quedará redactado conforme el siguiente texto:

c) Establecer  una contribución por mejoras  a los casos que se detallan a continuación ubicadas  en la zona que abarca Rió Lujan, Canal Villanueva y su prolongación hasta antiguas  Vías del Ferrocarril Mitre Ramal a Dique Luján, vías del Ferrocarril Mitre Ramal Escobar,  Arroyo las Tunas, Canal Aliviador y Río Luján,   así también otras que deseen colaborar con el proyecto. 
• Todos los lotes de urbanizaciones cerradas existentes a la fecha  en el área de influencia 
• Aquellos  predios baldíos de mas de   2.500 metros
• Todas las urbanizaciones en construcción

ARTICULO 2.-  Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 13 de abril de 2004.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 2575/04.-

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Cúmplase por la Secretaría de Economía y Hacienda. Por la Dirección de Despacho General y Digesto incorpórese al Digesto municipal texto ordenado de la Ordenanza 2564/03.-

 


Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 692/04