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Contratos - Decreto 1284/75

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C8
Contratos


DECRETO 1284/75

DEROGADO POR DECRETO 981/02

Tigre, 9 de mayo de 1975.

VISTO

   Que por el normal desenvolvimiento de los trabajos que hacen a la esfera municipal se celebran contratos con distintas reparticiones del orden nacional, provincial o municipal como así también con empresas y/o particulares, y,

CONSIDERANDO

   Que no se cuenta con un registro especial que agrupe a todos los contratos en vigencia lo que ocasiona que no se tenga un panorama general de los mismos, ni se tenga presente vencimientos u otras condiciones propias de cada uno de ellos.

   Por tal circunstancia, el Intendente Municipal del Partido de tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1.- Créase, a partir de la fecha del presente Decreto, el REGISTRO DE CONTRATOS, que estará a cargo de la Dirección de Asuntos Legales y que consistirá en un legajo especial en el que obren archivadas fotocopias de los contratos celebrados por la Municipalidad, como así también planillas en la que consten los datos sintéticos de cada uno de ellos.

ARTICULO 2.- Todas las dependencias  municipales procederán a elevar a la Dirección de Asuntos Legales aquellos contratos que obren en la misma y que se encuentren vigentes.

ARTICULO 3.- La Dirección de Despacho General adoptara las providencias necesarias para incluir en aquellos decretos de aprobación de contratos, la correspondiente disposición de inclusión en el Registro de Contratos, como así también para hacer llegar a cada una de las Secretarías copia de todo contrato que se formalice.

ARTICULO 4.- La Dirección de Asuntos Legales será el organismo responsable de comunicar a la dependencia que compete sobre vencimientos de contratos que requieran renovación o cancelación de alguna modalidad administrativa vigente.

ARTICULO 5.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios del Departamento Ejecutivo.

ARTICULO 6.- Dese al R.M. Tomen conocimiento todas las dependencias municipales. Con copia del presente iníciese el legajo especial creado por el art. 1,. Cúmplase por intermedio de la Dirección de Asesoría Letrada y Despacho General.

DECRETO 1284/75