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Eximiciones - Decreto 1498/03

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto E8
Eximiciones


DECRETO  1498/03

TIGRE, 1º de diciembre de 2003.-


VISTO:
   Que el art. 96, tercer párrafo de la Ordenanza Nº2491/02, Fiscal vigente para el ejercicio financiero 2003, y

CONSIDERANDO:
   Que el mencionado texto legal faculta a este Departamento Ejecutivo a eximir de oficio la Tasa por Servicios Municipales a aquellos contribuyentes veteranos de guerra de las Islas Malvinas que posean domicilio fehaciente dentro del partido de Tigre, que mantengan las mismas condiciones de hecho y de derecho que los hicieron merecedores de la liberalidad en cuestión, durante ejercicios financieros anteriores.
                        
                                     Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones   
  
DECRETA

 

ARTICULO_1.- Exímese  de la Tasa por Servicios Municipales correspondientes al ejercicio fiscal 2003, a aquellos contribuyentes  veteranos de guerra de las Islas Malvinas que posean  domicilio fehaciente dentro del Partido de Tigre, que mantengan las mismas condiciones de hecho y de derecho que los hicieron merecedores de la liberalidad en cuestión, durante ejercicios financieros anteriores. 
                       
ARTICULO_2.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Hacienda.

ARTICULO_3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Notifíquese. Cúmplase a través del  Área de Tasas Inmobiliarias.

 


Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente.
Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Hugo Leber, Secretario de Economía y Hacienda
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1498/03