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Eximiciones - Decreto 653/02

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto E8 
Eximiciones


DECRETO 653/02

TIGRE, 10 de julio de 2002.-


VISTO:

Las presentes actuaciones por las cuales la Sociedad de Bomberos Voluntarios de General Pacheco solicita se le exima del pago de los derechos de oficinas correspondientes a la obtención y renovación de licencia de conductor del personal que presta servicios en carácter de choferes, y,
  
CONSIDERANDO:

Que corresponde acceder a lo solicita en forma similar a años anteriores, tal como se estableció en la Ordenanza 2179/99, vigente para el ejercicio financiero año 1999.-
   Que asimismo, resulta procedente reglamentar este beneficio acorde con lo propuesto por la Dirección General de Tránsito fijando los elementos a tener en cuenta en la mencionada reglamentación, en cumplimiento de la orden impartida por el artículo 3º del decreto que promulga la mencionada Ordenanza.
Que el presente se dicta ad referéndum de la convalidación del Honorable Concejo Deliberante, en función de que resulta necesario adoptar la medida con urgencia en el corriente año, así como recomendar a la Dirección General de Recursos Tributarios, de la Secretaría de Economía y Hacienda, la inclusión permanente de este beneficio en las Ordenanzas Impositivas de cada ejercicio financiero, tal como se expresó en el artículo 3 del Decreto 1048/99, por el cual se promulgó la Ordenanza 2179/99.

   Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

DECRETA

 

ARTICULO_1.- Exímese, ad referéndum de la convalidación del Honorable Concejo Deliberante, del pago de la Tasa para la obtención y/o renovación de los registros de conductor para los integrantes de los Cuerpos de Bomberos Voluntarios del Partido de Tigre que se desempeñen como choferes y sean los responsables de conducir los vehículos en  los actos de servicios.

ARTICULO_2.- Fíjase los siguientes requisitos, de cumplimiento obligatorio para que el personal de choferes de los cuerpos de Bomberos Voluntarios del partido de Tigre, obtenga licencia de conductor con eximición de pago de Derechos municipales:

1. Que el postulante reúna todos los requisitos exigidos por la Ley 11.430, “Código de Tránsito de la Provincia de Buenos Aires”, y normas reglamentarias, concordantes y complementarias, para obtener la licencia de conductor en la categoría correspondiente.
2. Que se acompañe fotocopia del documento de identidad del solicitante de licencia de conductor.
3. Que se presente nota solicitud, firmada por la máxima autoridad del cuartel de Bomberos, con carácter de declaración jurada, certificando que las funciones asignadas al postulante son las de “chofer para actos de servicios”.
4. Que se acredite el cargo del firmante de la solicitud dispuesta en el inciso anterior.

ARTICULO 3.- Por la Dirección General de Recursos Tributarios, de la Secretaría de Economía y Hacienda, se incorporará la presente eximición en los proyectos de Ordenanzas Fiscal e Impositiva para ejercicios futuros.

ARTICULO_4.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Hacienda.

ARTICULO_5.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y cúmplase por la Dirección  General de Tránsito. Cúmplase por la Dirección General de Recursos Tributarios, de la Secretaría de Economía y Hacienda, lo dispuesto en el artículo 3º.-

 


Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 653/02