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Eximiciones - Ordenanza 2609/04

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto E5 
Eximiciones 


ORDENANZA 2609/04

TIGRE, 30 de julio de 2004.-

VISTO:
La Ordenanza Nº 2609/04, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 27 de julio de 2004, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º.- Autorizar al Departamento Ejecutivo a considerar a UDET (Unión de Educadores de Tigre), comprendida dentro del régimen de exenciones que se establece en el TITULO II – CAPITULO I – EXENCIONES: ARTICULO 93, de la Ordenanza 2565/2003, por el ejercicio 2004 y anteriores; con relación al inmueble ubicado en la calle Neuquen 183 de General Pacheco, cuya nomenclatura catastral es: 2B3-0072-009, Cuenta Nº 01586200, por desarrollarse en el mismo actividades culturales y funcionar una Biblioteca que se encuentra subvencionada de acuerdo a la Ordenanza 1785/95, abierta al uso de la Comunidad en general.-

ARTICULO 2º.- El Departamento Ejecutivo realizará los controles que consideren pertinentes para verificar que la actividad cultural y bibliotecaria continúe desarrollándose como en la actualidad.-

ARTICULO 3º.- En caso de disminuir y/o cesar la actividad cultural y bibliotecaria, automáticamente derogará la eximición dispuesta en el Artículo 1º de la presente Ordenanza, exigiéndose la totalidad del pago por la deuda que se originara.-

ARTICULO 4º.- Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 27 de julio de 2004.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 2609/04 y derógase el Decreto 670/04.-

ARTICULO 2.- Exímese, por imperio de la Ordenanza 2609/04, a la UNIÓN DE EDUCADORES DE TIGRE –UDET, del pago de la Tasa por Servicios Municipales del inmueble de su propiedad ubicado en la calle Neuquén 183, General Pacheco, Circunscripción II, Sección B, Manzana 72, parcela 9, cuenta 01586200, correspondiente al ejercicio en curso y a los anteriores en los cuales funcionó la biblioteca popular objeto del subsidio municipal, circunstancia que la peticionante deberá acreditar en estos actuados.

ARTICULO_3.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_4.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese el cumplimiento del Art. 2º por la Dirección General de Cultura, Museos y Lugares Históricos y por la Secretaría de Economía y Hacienda.

 


Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1397/04