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Obras Publicas Decreto 105/20

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto O5 
OBRAS PUBLICAS


DECRETO Nº 105/20

TIGRE, 30 de enero de 2020


VISTO:

La Ordenanza 320/82 “NORMAS DE EQUIPAMIENTO DE REALIZACIÓN DE TRABAJOS EN LA VÍA PUBLICA”, y su Decreto reglamentario 152/93, y,
 
CONSIDERANDO:

Que la presentación de póliza de caución se encuentra regulada por el inciso 2 del artículo 1° del Decreto 152/93, según modificación introducida por Decreto 476/01 y por Decreto 2008/16.

Que a los efectos de resguardar el patrimonio municipal, vinculado con posibles reclamos de daños y perjuicios con motivo de ejecuciones de obras a cargo de terceros por aplicación de la Ordenanza 320/82, resulta conveniente actualizar el monto de la póliza de caución antes mencionada, con el propósito de que resulte compatible con los montos actuales de las distintas obras en la vía pública que se ejecutan bajo el régimen de dicha Ordenanza.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

 

D E C R E T A

 

ARTÍCULO_1.- Modifícase el inciso 2) del artículo 1° del Decreto 152/93, con las modificaciones introducidas por Decretos 476/01 y 2008/16, únicamente en lo que respecta al monto de la póliza de caución que se fija en pesos diez millones con 00/100 ($ 10.000.000,00), quedando la redacción de dicho inciso conforme el siguiente texto:

Inciso 2), Presentar en Tesorería Municipal la garantía solicitada por la Secretaria de Obras Publicas y retirar constancia del acto. Formulario anexo II, numerados. Asimismo deberá presentar en la Contaduría Municipal póliza de caución por la suma de pesos diez millones con 00/100 ($ 10.000.000,00), con endoso a favor de esta Municipalidad, que cubra reclamos de terceros vinculados a daños y perjuicios sufridos por la ejecución de la obra o con motivo de la obra, que puedan afectar a personas o bienes, con vigencia desde su inicio hasta la recepción definitiva de la misma. Las empresas de servicios públicos presentarán dicha caución en forma anual.
Exceptúase de la caución por la suma de pesos diez millones con 00/100 ($ 10.000.000,00) a los emprendimientos bajo la modalidad de contrato empresa-vecino, de monto cubierto, que no superen los cien (100) metros de apertura de vereda pública.

ARTÍCULO 2.- Refrenden el presente Decreto el señor Secretario General y de Economía y el señor Secretario de Obras Públicas y Servicios Municipales.

ARTÍCULO_3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese. Cúmplase.

 


Firmado: Dr, Julio César Zamora, Intendente Municipal.
Cdor. Luis Fernando Lauría, Secretario General y de Economía
Pedro Fernando Heyde, Secretario de Obras y Servicios Públicos
DECRETO N° 105/20