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Juzgado de Paz - Resolucion 871/99

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto J6 
Juzgado de Paz


RESOLUCION 871/99

TIGRE, 27 de mayo de 1999.-


VISTO:
   El contrato de locación celebrado con el señor Sergio Gustavo Puertas, con relación al inmueble de Italia 1448, Tigre, destinado al Juzgado de Paz Letrado de Tigre, y,

CONSIDERANDO:
   Que corresponde su registro y comunicación al mencionado Juzgado de Paz, a los efectos establecido en las cláusulas segunda y tercera.
   Por ello, el Secretario de Gobierno en uso de facultades delegadas por Decreto 912/93


RESUELVE

ARTICULO 1.- Regístrese el contrato de locación celebrado con el señor Sergio Gustavo Puertas, con relación al inmueble de Italia 1448, Tigre, destinado al Juzgado de Paz Letrado de Tigre, que textualmente se transcribe:

Entre el señor SERGIO GUSTAVO PUERTAS, con D.N.I. Nº 11.000.112 domiciliado en la calle Guareschi 220 de la localidad y Partido de Tigre, en adelante denominado el LOCADOR, por una parte, y la MUNICIPALIDAD DE TIGRE, representada en este acto por el señor INTENDENTE MUNICIPAL, CDOR. RICARDO JOSE UBIETO, con domicilio en la Av. Cazón 1514 de la localidad y Partido de Tigre, en adelante denominado el LOCATARIO, por la otra, convienen celebrar el presente contrato de locación sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:

PRIMERA: El locador da en locación al locatario un inmueble de su propiedad ubicado en la calle Italia 1448, de la ciudad de Tigre, compuesto de cinco (5) dependencias, baño instalado, cocina y garaje.

SEGUNDA: El inmueble objeto de la locación será destinado al funcionamiento del Juzgado de Paz Letrado de Tigre.-

TERCERA: El locador autoriza al locatario a firmar contrato de comodato con la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires a los efectos de cumplimentar con el destino de la presente locación conforme a la cláusula segunda.

CUARTA: La presente locación se pacta por el término de tres (3) años, contados a partir del 1º de junio de l999, venciendo en consecuencia el 31 de mayo de 2002.-

QUINTA: El precio de la presente locación se pacta en la suma de PESOS UN MIL ($ 1.000.-) mensuales, la que se abonará del 1º al 10 de cada mes en la Tesorería Municipal, sita en el domicilio de la Municipalidad; quedando autorizado para el cobro de los arriendos el locador y/o la Sra. MARIA ROSA DOMENECH, D.N.I. 11.693.862, indistintamente.

SEXTA: El bien objeto de la presente locación se recibe en el estado de conservación en que se encuentra y que las partes manifiestan conocer de conformidad.

SEPTIMA:  Las partes pactan que el locador se hará cargo de abonar las Tasas y/o Impuestos que gravan la propiedad como tal.

OCTAVA: El locador no se responsabiliza ni toma a su cargo ningún tipo de accidente o indemnización proveniente por daños y perjuicios, ya sean materiales, físicos o morales causados por vecinos, personal de servicio, extraños o por hechos fortuitos o de fuerza mayor.-

NOVENA: Para todos los efectos legales emergentes del presente contrato las partes constituyen en legales los domicilios enunciados en el encabezamiento y se someten a la jurisdicción del Departamento Judicial de los Tribunales Ordinarios de San Isidro. En prueba de conformidad y a su fiel cumplimiento se firma el presente en dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Tigre, Partido del mismo nombre, a los 13 días del mes de mayo del año mil novecientos noventa y nueve.-

ARTICULO  2.- Dese al Registro Municipal de Normas. Cúmplase por la Contaduría Municipal. Elévese al Juzgado de Paz Letrado a los efectos dispuestos en las cláusulas segunda y tercera.-


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
RESOLUCIÓN N° 871/99