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Transporte Carga - Ordenanza 121/66

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T2
Transporte de Carga 


 ORDENANZA 121/66 

TIGRE, 21 de septiembre de 1966.-

VISTO

La elevación formulada por la secretaría de Obras Públicas y Urbanismo, dando cuenta de la necesidad de fijar la carga máxima que pueda circular por el camino Tigre – Benavidez en virtud de habilitarse próximamente el citado camino, cuya carpeta asfáltica se halla en construcción;
Atento el dictamen emitido por el departamento de Asuntos Legales, y,

CONSIDERANDO

Las razones que motivan estos actuados, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las facultades conferidas por el inciso b) del art. 2º del Decreto Nº 955/66 dictado por la Gobernación de la Provincia de Buenos Aires

D E C R E T A

 

ARTICULO 1.- Prohíbese el tránsito de vehículos sobre el camino Tigre Benavidez con una carga total que supere las ocho toneladas.

ARTICULO 2.- Cualquier transgresión a esta disposición se penará de la siguiente forma:

a) Primera infracción: multa de $ 5.000 m/n.
b) Segunda infracción: multa de $ 20.000 m/n.
c) Tercera infracción del mismo reincidente: $ 50.000 m/n.

ARTICULO 3.- Por intermedio de la Secretaría de Obras Públicas y Urbanismo, procédase a la colocación, en lugar bien visible, a la entrada y salida de dicho camino, carteles haciendo conocer la prohibición establecida en el presente Decreto y las multas a que se harán pasible los infractores.

ARTICULO 4.- Transcurrido diez (10) días desde el conocimiento público de la presente disposición y de la colocación de los carteles, el Departamento de Inspección General vigilará su estricto cumplimiento y procederá a aplicar las sanciones correspondientes.

ARTICULO 5.- El Departamento de Informaciones y Prensa procederá a dar una amplia difusión del presente Decreto.

ARTICULO 6.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y Cultura y Obras Públicas y Urbanismo.

ARTICULO 7.- Dese al R.M. y para su cumplimiento pase a la Secretaría de Obras Públicas y Urbanismo y a los Departamento de Informaciones y Prensa e Inspección General.

 

DECRETO 121/66