MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto P3
Presupuesto
ORDENANZA GENERAL 225
LA PLATA, 24 de agosto de 1976.
El Gobernador de la provincia de Buenos Aires, en ejercicio de las facultades de los departamentos deliberativos municipales, sanciona con fuerza de
ORDENANZA GENERAL
Para todos los Partidos de la Provincia
ART. 1.- Déjase establecido que el cincuenta por ciento (50%) de las remuneraciones básicas del personal superior y jerárquico de los municipios se considerará gastos de representación compensatorios por las mayores erogaciones que origine el desempeño de dichas funciones, sin que ello autorice a fraccionar la retribución, excepto la del Intendente Municipal que seguirá compuesta por sueldo básico y gastos de representación.
ART. 2.- Convalídase lo actuado por las municipalidades con posterioridad al 1 de enero de 1977 en el sentido expuesto por el articulo 1.
ART. 3.- Regístrese, publíquese en el “Boletín Oficial”, comuníquese a todas las municipalidades y cúmplase.