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Urbanismo - Decreto 1207/03

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto U2 
Urbanismo


DECRETO 1207/03

TIGRE, 16 de septiembre de 2003.-

VISTO:

Que el anexo 35, de la Ordenanza 227/81, fija las condiciones particulares para el funcionamiento del rubro COMPRAVENTA DE MATERIALES USADOS, y,

CONSIDERANDO:

Que este Departamento Ejecutivo comparte en un todo el despacho de Comisión Municipal de Interpretación y Análisis del Código de Zonificación, articulo 7º de la Ordenanza 1894/96, del21 de agosto de 2003, que textualmente se transcribe:

TIGRE, 21 de agosto de 2003.- VISTO:  Que el anexo 35, de la Ordenanza 227/81, fija las condiciones particulares para el funcionamiento del rubro COMPRAVENTA DE MATERIALES USADOS, y, CONSIDERANDO:
a) Que la mencionada norma define los alcances de este rubro, determinando que comprende: “compraventa de materiales de segundo uso, ya sean metales ferrosos (hierro, acero) o no ferrosos (bronce, cobre) y de desuso de todo tipo (chatarra, vidrio, papel, trapo).
b) Que dicho rubro no se encuentra nomenclado en la Ordenanza 1894/96, “Código de Zonificación del Partido de Tigre”, siendo procedente su inclusión y determinación de las zonas aptas para su emplazamiento, tal como se prevé en el artículo 7º de la Ordenanzas antes mencionada, que seguidamente se transcribe: ARTICULO 7.- INTERPRETACIÓN: Créase la Comisión Municipal de Interpretación y Análisis del Código de Zonificación que se integrará por los funcionarios de las áreas técnicas, jurídicas y/o administrativas del D.E.,  la que estudiará e interpretará las propuestas y consultas presentadas por los particulares y elevadas por las oficinas intervinientes tendientes a la actualización de lo prescrito en este Código y su posterior incorporación a la Planilla de Usos, conforme a la modalidad que reglamente el D.E., así como contemplar cuestiones no previstas, con un criterio amplio basado en la analogía y/o el mejoramiento de la calidad de vida.
c) Que del relevamiento de zonas oportunamente efectuado y atento la definición y alcances del rubro en cuestión, surge como zonas aptas para el emplazamiento las designadas Ip, I1, I2, I3, I4, por tratarse de una actividad de menor envergadura de las ya autorizadas.
Por ello, la COMISIÓN MUNICIPAL DE INTERPRETACIÓN Y ANÁLISIS DEL CÓDIGO DE ZONIFICACIÓN, ARTICULO 7º DE LA ORDENANZA 1894/96: DISPONE:
1. Proponer al Departamento Ejecutivo, en uso de las facultades antes mencionadas, se incorpore a la planilla general de usos de la Ordenanza 1894/96, “Código de Zonificación del Partido de Tigre”, el rubro “compraventa de materiales usados”, con las definiciones y alcances establecidos en el Anexo 35, de la Ordenanza 227/81, apto para ser emplazados en las zonas Ip, I1, I2, I3 e I4, sujetos al cumplimiento de la Ley 13.081.
Firmado: Ernesto G. Casaretto, Secretario de Gobierno. Cdor. Hugo Leber, Secretario de Economía y Hacienda.  Arq. Guillermo Zwanck, Subsecretario de Obras Públicas. Arq. Eduardo Barbieri, Director de Obras Particulares

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.- Incorpórase, por los motivos expuestos precedentemente, a la planilla general de usos de la Ordenanza 1894/96, artículo 12, punto IV COMERCIOS, incisos i) MINORISTAS, el rubro “compraventa de materiales usados, Anexo 35 de la Ordenanza 227/81”, apto para ser emplazado en las zonas Ip, I1, I2, I3 e I4.

ARTICULO 2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Cúmplase.

 


Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1207/03