MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C32
Creditos
ORDENANZA 2950/08
TIGRE, 15 de octubre de 2008.-
VISTO:
La Ordenanza Nº 2950/08, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión del 14 de octubre de 2008, que textualmente se transcribe:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a otorgar créditos a micro emprendimientos, con el objetivo de favorecer la inserción laboral a través del apoyo a la gestión de emprendimientos productivos del partido de Tigre, con las siguientes condiciones:
1) MONTO DEL PRÉSTAMO: El monto máximo prestable por cada microemprendimiento será de hasta la suma de $ 5.000 (Pesos cinco mil).
2) DESTINO DEL PRÉSTAMO: Los créditos deberán ser destinados a la adquisición de Capital de Trabajo u activos fijos y/o infraestructura productiva o de comercialización de micro emprendimientos localizados en el Partido de Tigre.
3) CONDICIONES FINANCIERAS DEL PRÉSTAMO: Plazo de amortización: menor a 24 meses, dependiendo de la evaluación técnica.
Frecuencia de pagos: quincenales o mensuales.
Gastos: Determinados por depreciación de la moneda, costos operativos y de los de financiación pura.
4) MODALIDAD DE COBRANZA: Los créditos serán cobrados mediante chequeras entregadas a cada emprendedor, las que podrán ser abonadas en la Tesorería de la Municipalidad o las delegaciones municipales.
ARTICULO 2.- Crease el FONDO DE PROGRAMA DE APOYO FINANCIERO A MICROEMPRENDIMIENTOS, al que se podrán destinar, fondos propios, las transferencias recibidas de gobiernos provinciales, nacionales u apoyos de actividad privada a este fin y los fondos que provengan de la aplicación de los sistemas de recupero de crédito.
ARTICULO 3.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a efectuar la correspondiente reglamentación del mencionado programa, a los efectos de la implementación del mismo.
ARTICULO 4.- El Departamento Ejecutivo conformará un comité de crédito, que tendrá a su cargo determinar las condiciones particulares para la implementación de cada préstamo y el control de sus recuperos, de acuerdo al micro emprendimiendo interesado.
ARTICULO 5.- Comuníquese al D.E., a sus efectos.-
SALA DE SESIONES, 14 de octubre de 2008.-
Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
D E C R E T A
ARTICULO_1.- Promúlgase la Ordenanza Nº 2950/08.-
ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO_3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y cúmplase por la Agencia de Desarrollo de Empleo e Inversiones. Intervenga Contaduría Municipal.
Firmado: Julio Zamora, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1289/08
CORRESPONDE EXPTE. 4112-4539/08; HCD-212/08
TIGRE, 11 de diciembre de 2008.-
VISTO:
La Ordenanza Nº 2973/08, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión del 9 de diciembre de 2008, que textualmente se transcribe:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Incorpórase a la Ordenanza 2950/08, el artículo 6º con el siguiente texto:
ARTICULO 6º.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a celebrar convenio con el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Buenos Aires, así como crear las cuentas necesarias para el manejo de los fondos provenientes de dicho Ministerio y todo otro acto o gestión necesaria para el cumplimiento de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 2º.- Comuníquese al D.E., a sus efectos.-
SALA DE SESIONES, 9 de diciembre de 2008.-
Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
D E C R E T A
ARTICULO_1.- Promúlgase la Ordenanza Nº 2973/08.-
ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO_3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Agencia de Desarrollo de Empleo e Inversiones. Tome conocimiento la Contaduría Municipal.
Firmado: Julio Zamora, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1585/08