Imprimir

Creditos - Ordenanza 1/02

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C32
CREDITOS 


 ORDENANZA Nº 1/02 

TIGRE, 16 de abril de 2002.-


VISTO:


La Ordenanza Preparatoria Nº 1/02, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 9 de abril de 2002, que textualmente se transcribe:
ORDENANZA PREPARATORIA Nº 1/2002 

ARTICULO 1.-  Autorízase al Departamento Ejecutivo a contraer un préstamo con el Superior Gobierno de la Provincia de Buenos Aires por hasta la suma de PATACONES  un millón setenta y cinco mil ciento noventa y dos (P 1.075.192,00), de acuerdo a lo establecido en el Artículo Nº 26 de la Ley 12.836.

ARTICULO 2.-  El préstamo autorizado en el artículo precedente, será destinado a la financiación del Proyecto de reestructuración de pasivos y la cancelación de deudas por obras y servicios.

ARTICULO 3.- El pago total del préstamo se efectuará en hasta sesenta (60) cuotas mensuales, iguales y consecutivas con un periodo de gracia de seis (6) meses, contados a partir de la fecha del primer desembolso, siendo el interés la tasa promedio de caja de ahorro común que establece el Banco Central de la República Argentina aplicable sobre saldo de capital desembolsado, pagadero conjuntamente con la cuota de amortización, según lo establecido en la reglamentación de la citada Ley.

ARTICULO 4.- Las obligaciones de pago a asumir por la Municipalidad, derivadas del endeudamiento autorizado en el artículo 1º de la presente, serán garantizadas mediante la afectación de los recursos de Coparticipación Impositiva (Ley 10.559 y modificatorias) y/o cualquier otra transferencia que deba efectuar el Gobierno Provincial a este Municipio y/o recursos propios, cediendo dichos recursos como medio de pago de las obligaciones emergentes del presente préstamo.

ARTICULO 5.- De acuerdo a lo establecido en el artículo anterior, autorízase a la Contaduría General de la Provincia de Buenos Aires y al Banco de la Provincia de  Buenos Aires, a solicitud del Ministerio de Economía, a retener los montos correspondientes de los recursos cuya afectación se establece en el artículo 3º de la presente.

ARTICULO 6.-  Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 9 de abril de 2002.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

ARTICULO_1.-  Regístrese la Ordenanza Preparatoria Nº 1/02.-

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Prosígase trámite por la Secretaría de Economía y Hacienda.-



Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 377/02