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Infraestructura Pavimentos - Ordenanza 1204/91

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto I3
Infraestructura Pavimentos


 ORDENANZA 1204/91

 

ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública la REPAVIMENTACIÓN de las calles del Partido de Tigre, cualquiera fuere su carpeta de rodamiento, cuan¬do se encuentre superado el limite de vida legal establecido en el artículo 74 de la Ordenanza General 165 y se encuentren técnicamente obsoletos, conforme las normas de análisis de pavimentos.

ARTICULO 2.- El Departamento Ejecutivo dispondrá la realización de obras de repavimentación en las calles 25 de Mayo, entre Lavalle y Liniers, Lavalle entre 25 de Mayo y Paseo Victorica y Liniers entre Maschwitz y Esmeral¬da, conforme a la modalidad que considere procedente de acuerdo a las prescripciones de la Ley Orgánica de las Municipalidades y de la Ordenanza General 165 por encontrarse las mencionadas arterías comprendidas en el artículo 1 de acuerdo al informe de la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas de fs. 2 del expediente 4112-17.837/91, que se anexa a la presente.-

ARTICULO 3.- El Departamento Ejecutivo dispondrá estudios técnicos de la tota¬lidad de los pavimentos existentes y en caso de comprobarse término legal y vida útil finiquitadas, dispondrá la reconstrucción ajustándola al plan de obras vigente¬

ARTICULO 4.- Comuníquese al D.E. a sus efectos.


SALA DE SESIONES, noviembre 26 de 1991.-

PROMULGADA POR DECRETO 2260/91