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Consecioenes - Ordenanza 3057/85

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C22 
Conseciones


ORDENANZA 3057/85

TIGRE, 14 de agosto de 1985.-

VISTO:

El informe producido por la Secretaria de Gobierno dando cuenta de la necesidad de establecer que obligatoriamente todo postulante a ser titular de una concesión o arrendamiento de bienes municipales, públicos o privados, debe encontrarse al día con el pago de los tributos municipales, cualquiera fuere su concepto, y

CONSIDERANDO:

Que tal obligación tiene por finalidad establecer un principio de justicia, ya que no debe ser titular de un beneficio de este tipo quien está en deuda con la Municipalidad y por ende en deuda con la comunidad.

Que este Departamento Ejecutivo comparte en un todo este criterio y aprueba la iniciativa presentada por la Secretaria de Gobierno.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

 

ARTICULO 1.- A partir de la fecha del presente Decreto ninguna persona física o jurídica, podrá ser titular de una concesión o arrendamiento de bienes públicos o privados del municipio, si registrase deuda de tributos municipales, cualquiera fuere el concepto de los mismos.

ARTICULO 2.- Encomiéndase a las dependencias municipales correspondientes, que tanto en los pliegos de bases y condiciones de concesiones o arrendamientos y en las normas que adjudiquen las mismas, se establezca una cláusula que determine que si el titular de la concesión o arrendamiento se constituyera en deudor de tributos municipales, el Departamento Ejecutivo podrá disponer la caducidad de la concesión o arrendamiento.

ARTICULO 3.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Hacienda.

ARTICULO 4.- Dése al Registro Municipal de Normas, Publíquese. Tomen conocimiento todas las dependencias municipales.  Por la Dirección de Rentas de la Secretaría de Economía y Hacienda adóptense las providencias necesarias para suministrar información sobre deudas en las solicitudes de concesiones o arrendamientos.  Por la Dirección de Despacho General remítase copia del presente a la Subsecretaria de Sistemas y Métodos.

 

DECRETO 3057, DEL 14-8-85
FIRMADO: Cardozo, Secretario de Gobierno. López Arean, Secretario de Economía y Hacienda. Giordano, Intendente.