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Animales - Ordenanza 2426/02

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto A3
Animales


ORDENANZA 2426/02

TIGRE, 20 de mayo de 2002.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 2426/02, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 14 de mayo de 2002, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1.-  Prohíbese el uso de los espacios verdes y libres públicos del Partido de Tigre, cualquiera fuere su denominación,  para esparcimiento, entrenamiento, recreación o paseo de animales domésticos, a cargo de personas que hacen de este servicio una actividad comercial.

ARTICULO 2.- Prohíbese a los particulares propietarios de animales domésticos, conducir más de dos animales en actividades recreativas, de entrenamiento o de esparcimiento, en los espacios verdes y libres públicos del Partido de Tigre, cualquiera fuere su denominación,

ARTICULO 3.-  El Departamento Ejecutivo procederá a incorporar en el proyecto de modificación y actualización del Código Contravencional del Partido de Tigre, las multas que correspondan por aplicación de la presente.

ARTICULO 4- Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 14 de mayo de 2002.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 2426/02.-


ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.


ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Cúmplase. Pase a la Comisión Revisora del Código Contravencional, a los efectos de producir despacho con relación al Art. 3 de la Ordenanza 2426/02.



Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 539/02