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Convenios - Ordenanza 3275/12

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C7
CONVENIOS


ORDENANZA 3275/12

CORRESPONDE EXPTE. 4112-48.300/12
TIGRE, 4 de mayo de 2012.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 3275/12, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 24 de abril de 2012, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1.-  Convalídase el convenio particular celebrado el 23 de septiembre de 2011 con la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, para ejecutar por Administración las obras de 204 viviendas en Barrio San Pablo, que fuera registrado por artículo 1º del Decreto 1542/11.

ARTICULO 2.-  Comuníquese al D.E., a sus efectos.-
SALA DE SESIONES, 24 de abril de 2012.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

ARTÍCULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 3275/12.-
ARTÍCULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.
ARTÍCULO_3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese. Cúmplase.

O1566-1
BO.653
09-05-12 

Firmado: Sergio Massa, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto

DECRETO N° 558/12