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Terrenos Privados - Decreto 1279/12

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T14 
Terrenos Privados


DECRETO 1279/12

Cuidador Honorario designado por Decreto 1655/14

TIGRE,  01 de octubre de 2012.-

VISTO:

Que la Delegación Municipal informa el estado de abandono del predio identificado catastralmente como Circunscripción I Sección C Manzana 297 Parcela 11, estando comprometidas cuestiones de seguridad y salubridad públicas por dicha circunstancia, y,

CONSIDERANDO:
Que la toma de posesión resulta imperativa a los efectos de preservar las condiciones de seguridad y salubridad pública; evitar la proliferación de usurpadores; generar el marco legal para instituir al municipio como sujeto activo en los reclamos judiciales y extrajudiciales por usurpación.

Que resulta factible dicha toma de posesión en uso de las atribuciones conferidas por la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires art. 108 inc. 5 que dice: “Constituyen atribuciones y deberes en general del Departamento Ejecutivo:…5.- Adoptar medidas preventivas para evitar incumplimientos a las ordenanzas de orden público, estando facultado para clausurar establecimientos, decomisar y destruir productos, demoler y trasladar instalaciones. Para allanar domicilios, procederá con arreglo a lo dispuesto en el artículo 24 de la Constitución…”-   A su vez el art. 24 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires dispone: “El domicilio de una persona no podrá ser allanado sino por orden escrita de juez o de las autoridades municipales encargadas de vigilar la ejecución de los reglamentos de salubridad pública y a este solo objeto.”

Que esta Municipalidad se encuentra en condiciones de tomar posesión sobre la base de las expresas prescripciones que corren a partir de los artículos 2351 y 2352, del Código Civil.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

DECRETA

 

ARTICULO 1.- Tómese posesión en el marco de los artículos 2351 y 2352, del Código Civil, del inmueble  identificado catastralmente como Circunscripción I Sección C Manzana 297 Parcela 11, la que se efectivizará bajo responsabilidad y ejecución de la Delegación Municipal de Los Troncos del Talar.

ARTICULO 2.- Por la Delegación Municipal de Los Troncos del Talar dése cumplimiento, por analogía, al artículo 7º de la Ordenanza 472/64: “ARTICULO 7.- Cada vez que el Departamento Ejecutivo, tome posesión de un terreno, predio o parcela, se colocará en él un letrero bien visible que establezca la intensión de la Comuna de ser poseedora a título de dueña de los terrenos ocupados”.

ARTICULO 3.- Encomiéndase al Área Patrimonio las actuaciones registrales con la correspondiente participación notarial.

ARTICULO 4.- Refrende el presente Decreto el Señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_5.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Delegación Municipal Los Troncos del Talar. Intervenga el  Área Patrimonio. Tomen conocimiento Tasas Inmobiliarias y Verificación Impositiva.

 


Firmado: Sergio Massa, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1279/12