MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T14
Terrenos Privados
DECRETO 1245/80
TIGRE, 27 de octubre de 1980.-
VISTO
El estado de las presentes actuaciones, de las que se desprende el total abandono en que se encuentra el terreno sito en la calle Liniers, entre Pirovano e Ingeniero Maschwitz, de la ciudad de Tigre, el que carece de cercos y veredas reglamentarias y,
CONSIDERANDO
Lo expuesto por la Dirección de Faltas a fojas 8 del expediente 4112-100801/80, compartido por la Dirección de Asuntos Legales, por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTICULO 1.- Procédase a la ocupación de la fracción ubicada en la calle Liniers, entre Pirovano e Ingeniero Maschwitz, de la ciudad de Tigre, cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Circunscripción I, Sección A, Manzana 23, Parcelas 15 y 16.
ARTICULO 2.- Encomiéndase al señor Asesor Letrado y a la Escribana Municipal el cumplimiento de lo dispuesto, labrándose el acta pertinente.
ARTICULO 3.- La Municipalidad colocará un letrero estableciendo su ocupación y realizará, en forma inmediata, la limpieza, cerco y vereda del citado inmueble. Efectivizado, se confeccionará la correspondiente liquidación por los gastos producidos.
ARTICULO 4.- La Dirección de Asuntos Legales deberá obtener en el Registro de la Propiedad el certificado de dominio pertinente.
ARTICULO 5.- Considerando el informe de deuda producido por el Departamento de Tasas Inmobiliarias y cumplidos los artículos 1º , 2º, 3º y 4º, las actuaciones se girarán a la Oficina de Procuración para su cobro por vía de apremio, a cuyos efectos deberá acompañarse planilla de liquidación pertinente.
ARTICULO 6.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios del Departamento Ejecutivo.
ARTICULO 7.- Dese al Registro Municipal de Normas y cúmplase.
FIRMADO: Ubieto, Intendente. Cadenazzi, Secretario de Gobierno. Leber, Secretario de Economías y Hacienda, García de la Vega, Secretario de Obras Públicas y Planeamiento. Ramos, Secretario de Bienestar Social.
DECRETO 1245/80