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Nombre de Calles - Ordenanza 105/80

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto N2
Nombre de Calles 


 ORDENANZA 105/80

TIGRE, 26 de septiembre de 1980.-


VISTO:


Que el próximo 29 de octubre se cumplirá un año de la desaparición física del Dr. ERNESTO E. CASARETTO, y

CONSIDERANDO:

Que su larga trayectoria en la medicina, que comienza en el año 1918 cuando recibe el título, lo ha mostrado siempre desarrollando una amplia labor benéfica. Prueba de ello, es el ejercicio de su profesión en Tigre, desempeñándose durante años gratuitamente en el Hospital de Tigre, al que ingresa en 1920, actuando en varias oportunidades como Director.
Que por su iniciativa y contando con el apoyo del Rotary Club de Tigre se creó el CLUB DADORES VOLUNTARIOS DE SANGRE -primero en su género en la Provincia de Buenos Aires- ejerciendo la presidencia durante 32 años.
Que este Departamento Ejecutivo considera muy justo rendir homenaje a su memoria, para que su nombre perdure a través de los años y que las generaciones futuras vean en él al médico ejemplar y al hombre público que siempre ha estado al servicio de la comunidad.
Que por tal circunstancia, encuentra propicia la oportunidad para imponer su nombre a la calle que pasa frente al Hospital “Magdalena V. de Martínez” y que en innumerables circunstancias ha sido testigo de sus desvelos y preocupación por aquellos que atravesaban momentos críticos.
Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º.- Impónese el nombre de “Dr. ERNESTO E. CASARETTO” a la calle que pasa frente al Hospital de Tigre, cuyo tramo abarca desde la calle “Magdalena V. de Martínez” hasta la calle “Maipú”.

ARTICULO 2°.- Fíjase el 30 de octubre próximo, a las 10 horas, para el descubrimiento de la placa recordatoria que perpetuará su memoria, la que se colocará frente a la Sala de Guardia.

ARTICULO 3°.¬- Refrenden la presente Ordenanza los señores Secretarios del Departamento Ejecutivo.

ARTICULO 4º.- Dese al Registro Municipal de Normas. Comuníquese. Publíquese.