MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto O1
Orden Interno
ORDENANZA Nº 3570/17
TIGRE, 24 de mayo de 2017.-
VISTO:
La Ordenanza Nº 3570/17, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre en Sesión del 23 de mayo de 2017, que textualmente se transcribe:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Declárense de “Interés Municipal” las actividades que se realicen con motivo del 90º aniversario de la Ciudad de Don Torcuato.-
ARTICULO 2º.- Crease la Comisión Municipal de “Conmemoración del 90º Aniversario de la Ciudad de Don Torcuato”
ARTICULO 3º.- La misma estará presidida por el Señor Intendente Municipal, en el carácter de Presidente Honorario, e integrada por los 5 (cinco) miembros que serán designados por medio de la reglamentación de la presente.
ARTICULO 4º.- Las funciones directivas de la comisión serán honorarias y las designaciones serán facultad del Presidente de la Comisión Municipal de Conmemoración.-
ARTICULO 5º.- La Comisión fomentará y tenderá a buscar una amplia y democrática participación en carácter consultivo, lo cual recaerá en vecinos y entidades de Bien Público de la Ciudad de Don Torcuato reconocidas como tales, que serán invitadas a participar del planeamiento de la conmemoración por la misma Comisión.-
ARTICULO 6º.- La Comisión tendrá su sede en la Delegación Municipal de Torcuato oeste y como fines los siguientes:
a) Invitar a la ciudadanía y a todas las instituciones públicas y privadas a participar en las actividades culturales, educativas, cívicas, patrióticas y religiosas programadas con motivo de celebrarse el aniversario de esa ciudad.
b) Organizar y coordinar todas las actividades conjuntas destinadas a mantener viva la historia de la ciudad y su gente.
c) Fomentar el interés de la población hacia el conocimiento de esos eventos, mediante una acción adecuada de difusión.-
d) Las opiniones y/o decisiones que emanen de las entidades convocadas en carácter consultivo a la Comisión no será vinculante.-
ARTICULO 7º.- La Comisión contara con los recursos que le asigne el presupuesto municipal y los que considere aceptar como donación y/o legado.
ARTICULO 8º.- Comuníquese al D.E., a sus efectos.-
SALA DE SESIONES, 23 de mayo de 2017.-
Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
D E C R E T A
ARTÍCULO_1.- Promúlgase la Ordenanza Nº 3570/17 cuyo original se anexa al presente.
ARTÍCULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.
ARTÍCULO_3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese. Cúmplase.
Firmado: Dr, Julio César Zamora, Intendente Municipal. Dr. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno
DECRETO N° 932/17