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Orden Interno - Ordenanza 805/88

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto O1
Orden Interno


 ORDENANZA 805/88 

 

ARTICULO 1.-  Incorpórase al TITULO IV - MENCIONES Y PREMIOS, de la Ordenanza 380/86, el artículo 36 bis que seguidamente se expone:

ARTICULO 36 bis: El personal municipal comprendido en la escala desde la categoría inicial a la categoría 18, percibirá en carácter de PREMIO AL PRESENTISMO Y PREMIO A LA PUNTUALIDAD en el cumplimiento del horario de trabajo asignado, un monto mensual equivalente al diez por ciento (10%) del sueldo básico y antigüedad del agente.
Para merecer este premio el agente no debe registrar inasistencias en el mes, cualquiera fuera la causa de dicha inasistencia, y cumplir el horario de trabajo sin franquicia alguna.
El retiro del agente antes de la hora prefijada para finalizar tareas, cualquiera fuere la causa, producirá la perdida del premio.
En caso de huelga, el agente municipal no perderá el premio a excepción de que la misma sea declarada ilegal por las autoridades competentes.

ARTICULO 2.- Derógase el artículo 72 de la Ordenanza 380/86

ARTICULO 3.- Comuníquese al D.E. a sus efectos.

 

SALA DE SESIONES, 23 de agosto de 1988.
ORDENANZA 805/88

PROMULGADA POR DECRETO 2306 DEL 30/8/88