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Transito - Resolucion 1128/97

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T1
Transito


RESOLUCION 1128/97

TIGRE, 24 de junio de 1997.-


VISTO:
   El informe producido por la Dirección General de Tránsito dando cuenta de las Ordenes de Servicio que deben emitirse a la empresa Tren de la Costa S.A., en cumplimiento del “Plan de Reorganización del Tránsito de Vehículos”, puesto en vigencia por Ordenanza 1876/96, y,

CONSIDERANDO:
   Que esta Secretaría comparte  el criterio de la mencionada Dirección General.
   Por ello, el Secretario de Gobierno en uso de facultades delegadas por Decreto 697/97

RESUELVE

 

ARTICULO 1.- Por la Dirección General de Tránsito notifíquese a la empresa Tren de la Costa S.A. las ordenes de servicio que seguidamente se detallan, las que deben ejecutarse conforme a los establecido en la Ordenanza 1876/96:  PLAN DE REORGANIZACIÓN DEL TRANSITO DE VEHÍCULOS, en el sector comprendido por las márgenes derecha de los ríos Luján y Tigre, la Avda. de las Naciones Unidas el ramal ferroviario entre Estaciones Tigre y Carupá y el límite con el Partido de San Fernando en la zona del Canal San Fernando:

1. Calle Montes de Oca e/ Vivanco e Italia, Prohibido estacionar Sábados Do¬mingos y Feriados, del lado izquierdo, según sentido de circulación- Co¬locar como mínimo tres (3) carteles por cuadra.
2. Calle Albarellos e/Vivanco e Italia, prohibido estacionar Sábados Domin¬gos y Feriados del lado izquierdo, según sentido de circulación - Colo¬car como mínimo tres (3) carteles por cuadra.
3. Calle Murature e/Sarmiento y Cnel. Morales: prohibido estacionar del la¬do izquierdo, según sentido de circulación Sábados Domingos y Feriados ¬Tres (3) carteles.
4. Calle Sarmiento e/Saenz Peña e Italia, prohibido estacionar Sábados Do¬mingos y Feriados del lado izquierdo, según sentido de circulación.  Mí¬nimo tres (3) carteles por cuadra.
5. Calle Sarmiento e/Pizarro y Saenz Peña, prohibido estacionar Sábados Do¬mingos y Feriados del lado izquierdo. (Dirección Pizarro - Saenz Peña) no menos de tres (3) carteles por cuadra.
6. Calle Sarmiento e/Pizarro y barreras, prohibido estacionar Sábados Domingos y Feriados, ambos sentidos de circulación.
7. Calle Sarmiento e/barreras y Río Luján prohibido estacionar Sábados Do¬mingos y Feriados del lado del Puerto de Frutos.  Mínimo tres (3) carteles por cuadra.
8. Guareschi e/Italia y barrera, prohibido estacionar Sábados Domingos y fe¬riados, del lado derecho, según sentido de circulación.  Mínimo tres (3) carteles por cuadra.
9. Cnel. Morales e/Sarmiento y Guareschi, prohibido estacionar Sábados Do¬mingos y Feriados, en ambos sentidos de circulación.  Mínimo tres (3) carteles por cuadra.
10. Calle Pizarro e/Sarmiento y Vivanco, prohibido estacionar Sábados Domingos y Feriados en ambos sentidos de circulación.  No menos de tres (3) carteles por sentido.
11. Calle Pizarro e/Vivanco y Mitre, prohibido estacionar Sábados Domingos y Feriados, sentido izquierdo, dirección Vivanco - Mitre, no menos de tres (3) carteles por cuadra.
12. Calle Cnel.  Morales e/Sarmiento y Mitre, prohibido estacionar Sábados Domingos y Feriados - Lado izquierdo - Dirección Sarmiento -Mitre,  Mínimo tres (3) carteles por cuadra.
13. Calle Pizarro e/Mitre y Sarmiento corregir flechas pintadas sobre cal¬zada - Vía de doble sentido de circulación.
14. Calle Ruperto Mazza e/Cazón e Italia volver a doble sentido de circula¬ción.
15. Calle Saenz Peña intersección R. E. de San Martín, sentido de circula¬ción hacia Luis Pereyra, cartel de giro a la derecha.
16. Pizarro y Montes de Oca - Saenz Peña y Remedios Escalada de San Martín: Carteles informativo del sentido de circulación único de las proximas bocacalles.

ARTICULO  2.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Dirección General de Tránsito, la que recopilará las Ordenes de Servicios con la correspondiente certificación de cumplimiento como antecedente del texto ordenado (T.O.) dispuesto en el art. 4º de la Ordenanza 1876/96.-

 


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es copia del original archivado en la Dirección de Despacho General y Digesto
RESOLUCION N° 1128/97