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Tasa Municipales - Decreto 132/99

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T16
Tasas Municipales 


DECRETO 132/99

TIGRE, 28 de enero de 1999.-

 

VISTO:

   El informe producido por la Secretaría de Economía y Hacienda, dando cuenta que corresponde poner en vigencia para el ejercicio financiero 1999, los siguientes Decretos:

DECRETO 1026/96: Establécese un Régimen Especial de Facilidades de Pago para la Tasa por Servicios Municipales, para las deudas  devengadas por dicho concepto durante ejercicios anteriores, para aquellos contribuyentes encuadrados dentro de las siguientes categorías: 01 (edificado), 02 (Comercio), 03 (Edificado y Negocio), 08 (Baldíos).
  
DECRETO 1275/97: Establécese un Régimen de Facilidades de Pago y Refinanciación de Deuda denominado “CUOTA DOBLE” exclusivo para el pago de los montos atrasados de la TASA POR SERVICIOS MUNICIPALES.

CONSIDERANDO:

   Que este Departamento Ejecutivo comparte en un todo lo actuado por la Secretaría de Economía y Hacienda, toda vez que resulta conveniente a los intereses municipales y para el desenvolvimiento de los contribuyentes, mantener uniformidad en los sistemas vigentes para regularización de deudas atrasadas.

   Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las facultades conferidas por el Artículo 74, incisos 1, de la Ordenanza Fiscal 1999:

DECRETA

ARTICULO_1.- Pónese en vigencia para el ejercicio financiero del año 1999, los Decretos 1026/96 y 1275/97.-

ARTICULO_2.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Hacienda.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Verifíquese su cumplimiento por la Secretaría de Economía y Hacienda.


Firmado: Eduardo Sofía, Secretario de Gobierno Interino. Hugo Leber,
Secretario de Economía y Hacienda. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 132/99