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Tasas Municipales - Ordenanza 46/84

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T16
Tasas Municipales


 ORDENANZA Nº46/84 

Expte. 4112-7420/84.-

 

ARTICULO 1.- Facúltase al D.E. a realizar un relevamiento general de los contribuyentes del Partido de Tigre.

ARTICULO 2.- A dicho fin remitirá un formulario acorde al modelo que se adjunta como Anexo A, y que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Dicho formulario tendrá carácter de declaración jurada.

ARTICULO 3.- La declaración jurada será enviada conjuntamente con las boletas de pago de las tasas municipales cuyo vencimiento sea el más cercano al de la fecha de promulgación de la presente.

ARTICULO 4.- La declaración jurada tendrá carácter de obligatoria y deberá ser presentada debidamente confeccionada con el pago de la tasa municipal correspondiente en los lugares habilitados para el cobro.

ARTICULO 5.- El D.E. deberá tomar las medidas pertinentes para los casos de incumplimiento y/o errores y/u omisiones en la confección de la declaración jurada.

ARTICULO 6.- Comuníquese al D.E. a sus efectos.

 

SALA DE SESIONES, 29 de mayo de 1984.-.
ORDENANZA 46
PROMULGADA POR DECRETO 959/84 del 4/7/84