MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T16
Tasas Municipales
DECRETO 1264/92
TIGRE, 22 de julio de 1992.-
VISTO
El art. 5 de la Ordenanza 424/86, promulgada por Decreto 6925/87, que textualmente dice:
ARTICULO 5.- Todos los establecimientos comerciales o industriales de Tigre, deberán contar con una chapa o cartón identificatorias en lugar visible desde el exterior que contenga como mínimo los siguientes datos:
a) Nombre del titular de la habilitación.-
b) Expediente de habilitación.
c) Número como contribuyente por tasa de Seguridad e Higiene.
d) Personal ocupado.
e) Rubros autorizados.
f)
Y CONSIDERANDO
Que a los efectos de facilitar las tareas de verificación obligadas por esta Ordenanza, resulta necesario reglamentar que el art. 5 inciso c), se complemente con la tenencia de los recibos de pago de la tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, los que por imperio de las normativas de los códigos fiscales deben encontrarse abonados en tiempo y forma.
Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el art. 108 inciso 3 de la Ley Orgánica de las Municipalidades,
D E C R E T A
ARTICULO 1.- A partir de la publicación del presente y a los efectos de verificar el cumplimiento del incisos c) del artículo 5 de la Ordenanza 424/86, los responsables de establecimientos comerciales, industriales o de servicios, habilitados o con trámite de habilitación, deberán poseer obligatoriamente en forma conjunta con el certificado de habilitación o constancia de iniciación de dicho trámite, los recibos de la tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, con constancia de pago, correspondiente al período de desarrollo de actividades no prescripto.
ARTICULO 2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO 3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Verifíquese su cumplimiento por intermedio de la Dirección de Inspección General, Tome conocimiento la Secretaría de Economía y Hacienda.-
Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
Es copia del original archivado en la Dirección de Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1264/86