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Catastro - Ordenanza 206/81

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C11
Catastro


 ORDENANZA 206/81 


TIGRE, 3 de agosto de 1981.-

VISTO:

Las actuaciones realizadas en el expediente 4112-23500/80, por que se postula que los titulares de fracciones a lotear deben ceder para caminos una fracción de 30 metros de ancho, y

CONSIDERANDO:

Que es un derecho Comunal la facultad de exigir la fracción y dimensiones de la misma para afectarla al uso público-caminos (Ley 9533 Art. l, y facultades emanadas de los principios de Policía Urbanística).

Que a fs. 2/3 el Consejo Vial Intermunicipal propugna la sanción de una Ordenanza en este Partido que contemple tal requisito, a los efectos de unificar criterios con el resto de las Comunas.

Que a fs. 5 la Dirección de Catastro Municipal comparte la iniciativa, la que a su vez es apoyada por la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento.

Que a fs. 5 vta. la Comisión Revisora del Código de Zonificación manifiesta compartir los criterios expuestos.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

ARTICULO l.- A partir de la sanción de la presente Ordenanza, los titulares de fraccionamientos de terrenos deberán ceder gratuitamente a la Comuna, una fracción destinada a camino de treinta (30) metros de ancho por la longitud que resultara de acuerdo al fraccionamiento que se gestione.

ARTICULO 2. La aprobación del fraccionamiento queda sujeta a la cesión establecida en el articulo 1º.

ARTICULO 3.- La Dirección de Catastro Municipal y el Departamento de Obras Viales serán organismos de intervención necesarios en las actuaciones referidas a fraccionamientos y deberán dar preferente despacho a las peticiones que en tal sentido se le formulen.
 
ARTICULO 4.-La ubicación de la fracción a ceder de conformidad con el articulo l, será facultad exclusiva de la Comuna.

ARTICULO 5.- La presente Ordenanza comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 6.-Remítase copia a la Dirección de Geodesia y publíquese en el Boletín Oficial y en los diarios locales.

ARTICULO 7.- Intervenga la Comisión revisora del Código de Zonificación a los efectos de incorporar como segundo párrafo del punto 1.4.1.2., lo dispuesto por la presente Ordenanza.

ARTICULO 8 Y 9.- De forma

 

ORDENANZA 206
FIRMADO: García de la Vega, Secretario de Gobierno. Leber, secretario de Economía y Hacienda. Gualdoni, Secretario de Obras Públicas y Planeamiento. Ramos, Secretario de Bienestar Social. Ubieto, Intendente.

 

ORDENANZA 229/81
ACLARATORIA Y AMPLIATORIA DE LA 206/81

 

TIGRE, 25 de septiembre de 1981.-

 

VISTO Y CONSIDERANDO:

El informe producido por la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento dando cuenta de la necesidad de proceder a dejar expresamente aclarado que los alcances de la Ordenanza  206/81 se refieren exclusivamente a calles que tendrán un ancho mínimo de treinta (30) metros en zonas clasificadas como rurales "A" por el Código de Zonificación, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

ARTICULO l.- Déjase expresamente establecido que la Ordenanza N° 206/81 se refiere exclusivamente a las cesiones que corresponden a subdivisiones que se encuentren en zonas clasificadas como rurales "A" por el Código de Zonificación, a los efectos de permitir la apertura de calles con un ancho mínimo de treinta (30) metros, quedando en consecuencia determinado que tal ancho de calles sólo comprende a la zona antes mencionada.

ARTICULO 2.- Encomiéndase a las Direcciones de Prensa y de Topografía y Catastro la publicidad y las comunicaciones, respectivamente, que correspondan a los efectos de la correcta difusión de la presente norma aclaratoria.

ARTICULO 3.- Refrenden la presente Ordenanza los señores Secretarios del Departamento Ejecutivo.

ARTICULO 4.- Dése al Registro Municipal de Normas.  Publíquese. Cúmplase.

 

ORDENANZA 229/81
FIRMADO: García de la Vega, Secretario de Gobierno. Leber, secretario de Economía y Hacienda. Gualdoni, Secretario de Obras Públicas y Planeamiento. Ramos, Secretario de Bienestar Social. Ubieto, Intendente.