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Catastro - Resolucion 128/86

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C11
Catastro 


RESOLUCION 128/86

TIGRE,  3 de diciembre de 1986.-

VISTO
La presentación realizada por el Consejo Profesional de Agrimensura de la Provincia de Buenos Aires, informando que habiéndose constituido las autoridades del consejo Superior, corresponde aplicar el art. 9º de la Ley 10.321, que dice:

Art. 9.- A partir de la constitución de las autoridades definitivamente surgidas de la primera elección, ningún organismo nacional, provincial, municipal o privado dará aprobación final  a ninguna documentación técnica relativa a l ejercicio de la Agrimensura en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, que carezca de las constancias de haberse realizado la visación previa por el consejo Profesional de Agrimensura de la Provincia.

CONSIDERANDO
Que de las actuaciones producidas por la Subsecretaria de Planeamiento Municipal, y por la Dirección de Asuntos Legales, surge que es correcta la medida de exigir VISACION PREVIA DEL CONSEJO PROFESIONAL DE AGRIMENSURA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, para todos aquellos trámites que se inicien en esta Municipalidad relacionados con el ejercicio de la mencionada profesión.

Por ello el Intendente Municipal del Partido de
Tigre en uso de sus atribuciones

R E S U E L V E

 

ARTICULO 1.- A partir de la fecha de la presente Resolución, todas las dependencias municipales en las que se inicie un tramite relacionado con ele ejercicio de la profesión de Agrimensura, exigirán como requisito indispensable la VISACIÓN PREVIA DEL CONSEJO PROFESIONAL DE AGRIMENSURA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, en cumplimiento de lo establecido en el Art. 9 de la Ley 10.321.

ARTICULO 2.-  Refrenden la presente Resolución los señores Secretario de Gobierno y de Obra Publicas.

ARTICULO 3.-  Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Tomen conocimiento todas las dependencias municipales, remitiéndose copia por intermedio de la Dirección de Despacho General a Mesa de Entradas, Dirección de Catastro, Secretaria de Obra Publicas y Delegaciones municipales. Comuníquese al Consejo Superior del Consejo profesional de Agrimensura de la Provincia de Buenos Aires .

 

RESOLUCIÓN 128/86
FIRMADO: Ipuche, Secretario de Gobierno. Pita, Secretario de Obras Publicas. Giordano, Intendente Municipal.