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Residuos - Decreto 1009/05

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto R5
Residuos


DECRETO  1009/05

TIGRE, 14 de abril de 2005.-

VISTO:

La necesidad de regular el tratamiento transitorio de los residuos en viviendas multifamiliares, y, 

CONSIDERANDO:

Que este Departamento Ejecutivo comparte en un todo la propuesta de la Comisión Municipal de Interpretación y Análisis del Código de Zonificación, artículo 7º de la Ordenanza 1894/96,  expuesta en el acta del 18 de marzo de 2005, que seguidamente se transcribe:

TIGRE, 18 de marzo de 2005. VISTO: La presentación de proyectos para el desarrollo de viviendas multifamiliares y, CONSIDERANDO :
a) Que el aumento sostenido de las viviendas multifamiliares hace necesario normar el desarrollo de los proyectos, en cuanto al tratamiento de los residuos domiciliarios.
b) Que el aumento en la densidad poblacional hace al estudio pormenorizado de los proyectos a presentar , no debiéndose convertirse en actividades degradantes para el espacio público.
c) Que los proyectos deberían resolver dentro del predio, la guarda de los residuos, hasta su recolección.
d) Que los residuos domiciliarios en vivienda multifamiliar, exceden el marco de las viviendas unifamiliares, en cuanto a su volumen.
e) Que la necesidad de preservar el espacio urbano, conlleva a una mayor calidad de vida para el Partido de Tigre.
Por ello, la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y ANÁLISIS AL CÓDIGO DE ZONIFICACIÓN, ARTICULO Nº 7 DE LA ORDENANZA 1894/96: DISPONE
1. Los proyectos de viviendas multifamiliares deberán contemplar espacio para deposito de residuos domiciliarios dentro del predio y sobre la línea municipal , siendo responsables el o los propietarios de su higiene y mantenimiento , este no podrá desarrollarse sobre el espacio público y deberá figurar en el plano municipal.
2. El espacio de guarda será proporcional a la cantidad de unidades multifamiliares , quedando a cargo de la Dirección Ejecutiva de Obras Particulares su verificación.
Firmado: Ernesto G. Casaretto, Secretario de Gobierno. Cdor. Hugo Leber, Secretario de Economía y Hacienda.  Arq. Guillermo Zwanck, Subsecretario de Obras Públicas. Arq. Eduardo Barbieri, Director de Obras Particulares

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.- Los proyectos de viviendas multifamiliares deberán prever espacio para depósito de residuos domiciliarios dentro del predio privado y lindero a la línea municipal, el cual deberá figurar en el respectivo plano municipal.

ARTICULO 2.- El mantenimiento en condiciones de higiene y conservación es  responsabilidad del o los propietarios.

ARTICULO 3.- Prohíbese a los propietarios de viviendas multifamiliares construídas con posterioridad a la entrada en vigencia del presente Decreto, utilizar la vía pública para la disposición transitoria de los residuos domiciliarios.

ARTICULO 4.- El espacio para la disposición transitoria de los residuos domiciliarios será proporcional a las unidades de viviendas del proyecto, lo cual será determinado y verificado por la Dirección de Obras Particulares.

ARTICULO 5.- La “Comisión de Reforma a la Ordenanza 1101/90 Código Contravencional del Partido de Tigre, creada por Decreto 394/00, elevará a la Secretaría de Gobierno, en el plazo no mayor de treinta (30) días, identificación de las penas establecidas para las contravenciones incluidas en el presente Decreto, o  proyecto de ordenanza incorporándolas al mencionado Código.

ARTICULO_6.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_7.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Cúmplase

 


Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1009/05