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Delegacion de Funciones - Decreto 1115/12

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto D12
DELEGACIÓN DE FUNCIONES


DECRETO 1115/12

TIGRE, 28 de agosto de 2012.-

VISTO:

  Que la Ley Provincial 13.133 establece en su artículo 80 que “…los Municipios serán los encargados de aplicar los procedimientos y las sanciones previstos en esta Ley, respecto de las infracciones cometidas dentro de los límites de sus respectivos territorios y con los alcances establecidos en este artículo…”, a lo que el Municipio de Tigre ha dado cumplimiento por medio de la Ordenanza 2459/02;

Que la Ley Provincial 13.133 establece en su artículo 81 inc a) que corresponde a los Municipios “…implementar el funcionamiento de un organismo o estructura administrativa que se encargará de ejecutar las funciones emergentes de esta ley. A tal efecto podrán crearse estructuras administrativas u organismos especializados, o asignárselas a organismos ya existentes…” y en su artículo 81 inc b) que corresponde a los Municipios “…instrumentar la estructura correspondiente a la instancia de procedimiento y a la etapa resolutiva, cada una de las cuales tendrá un funcionario competente a cargo…”, a lo que el Municipio de Tigre ha dado cumplimiento por medio de los Decretos 96/08, 1608/09 y 399/11, y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 181 del Decreto Ley 6769/58 “Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires”, establece que “…Los Intendentes Municipales podrán delegar, por resolución expresa, el ejercicio de facultades propias en los secretarios, según la competencia que a ellos corresponda…” y fundado en ello, se ha establecido la delegación instrumentada a través del Decreto 399/11.

Que corresponde efectuar -fundada en el citado artículo 181- la delegación del dictado de la resolución definitiva del artículo 59 de la Ley 13.133 en la Secretaría de Protección Ciudadana.

Que la delegación en la Secretaría de Protección Ciudadana comprenderá que en la órbita de la misma se instrumente la estructura necesaria para la implementación de la totalidad de las funciones, atribuciones y procedimientos establecidas como autoridad de aplicación municipal de las disposiciones de la Ley 13.133, las que estarán a cargo de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y la Oficina Municipal de Información al Consumidor.

Que a los efectos expuestos precedentemente corresponde derogar el Decreto 399/11 y el artículo 2° del Decreto 672/12, adecuándolo a la plena vigencia del presente.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTÍCULO 1.- Desígnase como autoridad de aplicación local de la Ley 13.133 a la Secretaría de Protección Ciudadana.

ARTÍCULO 2.- Delégase en el Secretario de Protección Ciudadana el dictado de la Resolución prevista en el artículo 59 de la Ley 13.133.-

ARTÍCULO 3.- Desígnase a la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y la Oficina Municipal de Información al Consumidor –OMIC- dependencias de aplicación de la Ley 13.133 en el ámbito territorial del Municipio de Tigre, excepto lo dispuesto en el artículo anterior, adoptando todas las medidas emergentes de la misma y llevando adelante la instancia de procedimiento y la instrucción de la etapa resolutoria.

ARTÍCULO 4.- Derógase el artículo 2º del Decreto 672/12 promulgatorio de la Ordenanza 3288/12 y el Decreto 399/11.-

ARTICULO 5.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO 6.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese. Cúmplase.

D3141-3
BO.663
04-09-12

Firmado: Sergio Massa, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto

DECRETO N° 1115/12