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Salud - Ordenanza 3049/09

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto S1
Salud


ORDENANZA 3049/09

TIGRE, 9 de septiembre de 2009.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 3040/09, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión del 8 de septiembre de 2009, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1.-  Convalídase el Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 1049/09.- 

ARTICULO 2.-  Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 8 de septiembre de 2009.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 3040/09.-

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese. Cúmplase.

                          
Firmado: Sergio Massa, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1391/09



TIGRE, 2 de julio de 2009.-


VISTO:
La necesidad de adoptar medidas preventivas concordantes con las adoptadas en el orden provincial y nacional, respecto de la situación producida por influenza A (H1 N1)  y sus eventuales derivaciones, y,

CONSIDERANDO:

Que este Departamento Ejecutivo debe actuar en el marco del Art. 119 inciso b) del Decreto Ley 6769, “Ley Orgánica de las Municipalidades de la provincia de Buenos Aires”, que textualmente se transcribe:

ARTICULO 119°: (Texto según Dec-Ley 8851/77) El Departamento Ejecutivo podrá realizar gastos aun cuando el concepto de ellos no esté previsto en el Presupuesto General o excedan el monto de las partidas autorizadas, solamente en los siguientes casos:
……
b) En casos de epidemias, inundaciones y otros acontecimientos imprevistos que hagan indispensable la acción inmediata de la Municipalidad.

Que dichas medidas debe adoptarse ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante, dentro del marco fijado al efecto por el artículo 232 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.- Declárase, ad referéndum de la convalidación del Honorable Concejo Deliberante, la emergencia sanitaria a los efectos de atender las medidas preventivas en el orden local, concordantes con las adoptadas a nivel provincial y nacional, respecto de la situación producida por influenza A (H1 N1)  y sus eventuales derivaciones

ARTICULO 2.- Los gastos que se produzcan relacionados con programas de lucha contra la influenza A (H1 N1)  serán enmarcados en el presente Decreto y en el artículo 119, inciso b) del Decreto Ley 6769, “Ley Orgánica de las Municipalidades de la provincia de Buenos Aires”.

ARTICULO 3.- Pónese en vigencia un sistema de licencias por quince (15) días corridos, a partir del 3 de julio de 2009, con goce íntegro de haberes, para embarazadas y trabajadores inmuno comprometidos o que padezcan enfermedades oncológicas o enfermedades que le provoquen inmunosupresión o patologías cardíacas crónicas, diabetes o afecciones respiratorias.

ARTÍCULO 4.- Encomiéndase a la Dirección General de Personal la verificación de la documentación probatoria y conceder la licencia dispuesta en el artículo anterior.

ARTICULO 5.- Refrende el presente Decreto los señores Secretarios del Departamento Ejecutivo..

ARTICULO_6.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Contaduría Municipal y por la Dirección General de Personal. Elévese a conocimiento del Honorable Concejo Deliberante en el marco del artículo 232 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración.

               
Firmado: Sergio Massa, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
Daniel Carlos Chillo, Secretario de Economía, Hacienda y Administración
Antonio Grandoni, Secretario de Inversión Pública, Urbanismo y Gestión Ambiental
Malena Galmarini de Massa Secretaria de Política Sanitaria y Desarrollo Humano
Carlos Vittor Secretario de Servicios Públicos y Conservación de Infraestructura
Federico Carrillo Secretario de Protección Ciudadana
Diego Santillán, Secretario General
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1049/09