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Salud - Ordenanza 3012/09

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto S1
Salud


ORDENANZA  3012/09

TIGRE, 28 de mayo de 2009.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 3012/09, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión del 26 de mayo de 2009, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1.-  Créase el Hospital Municipal de Oftalmología, que funcionará en el predio municipal ubicado en calle Lisandro de la Torre, entre Escobar y Ezeiza, Troncos del Talar, destinado a implementar un sistema oftalmológico integral de óptima calidad para el paciente. 

ARTÍCULO 2.- Impónese el nombre de Dr. Ramón Carrillo al Hospital Municipal de Oftalmología, creado por el artículo anterior.

ARTICULO 3.-  Facúltase al Departamento Ejecutivo a crear la estructura interna necesaria y la modalidad y forma de funcionamiento.

ARTICULO 4.- Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 26 de mayo de 2009.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 3012/09.-

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y cúmplase por la Secretaría de Política Sanitaria y Desarrollo Humano.

 

                             
Firmado: Julio Zamora, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 812/09