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Expropiaciones - Ordenanza 2782/06

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto E11
Expropiaciones


ORDENANZA 2782/06

TIGRE, 22 de diciembre de 2006.-


VISTO:

La Ordenanza Nº 2782/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión del 19 de diciembre de 2006, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1.- Facúltese al D.E a realizar bonificaciones en el precio objeto de operaciones comprendidas en la Ordenanza 2489/02, descontando hasta dos (2) cuotas en el caso de cumplimiento puntual de diez (10) cuotas. 

ARTICULO 2.- El Departamento Ejecutivo podrá conceder al beneficiario comprendido en planes de la Ordenanza 2489/02, la posibilidad de suspender el pago de las cuotas, en periodos continuos o alternados, no debiendo exceder este beneficio el quince por ciento (15%) del total de las cuotas, cuando la causa de la falta de continuidad de pago se deba a situación de carencia económica debidamente justificada en informe socio económico.   

ARTICULO 3.- Queda prohibido a los beneficiarios de planes de regularización dominial, acogerse a otro plan de similares características.

ARTICULO 4.- Los beneficiados comprendidos en la Ordenanza 2489/02 no podrán transferir el dominio, ceder derechos, entregar en comodato o en locación, el inmueble objeto de la operación por un plazo de cinco años desde la firma del correspondiente boleto de compraventa o escritura traslativa de dominio. Vencido dicho plazo en el caso de trasferencia, el Departamento ejecutivo deberá exigir totalmente el saldo de precio. Tampoco podrá modificarse el destino de vivienda familiar única y permanente.
Facúltase al Departamento Ejecutivo a conceder excepciones a lo dispuesto en el presente artículo cuando se verifiquen situaciones de fuerza mayor ajenas a especulación financiera.

ARTICULO 5.- Crease el Registro Municipal de beneficiarios de  transferencias de inmuebles de viviendas sociales, o incluidos en un proyecto social de regularización dominial.      

ARTICULO 6.- Comuníquese al D.E., a sus efectos.-      


SALA DE SESIONES, 19 de diciembre de 2006.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 2782/06.-

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Cúmplase por la Subsecretaría de Desarrollo Comunitario e Islas.-

 

    Firmado: Hiram A. Gualdoni, Intendente Municipal. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.

  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 2751/06