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Islas - Ordenanza 501/99

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto I12 
Islas 


 ORDENANZA 501/99 

TIGRE, 6 de abril de 1999.-


VISTO:

   El convenio de colaboración con el CORFODELTA, destinado a construcción, reparación y demás trabajos necesarios para el correcto funcionamiento de los muelles, puentes peatonales y pasarelas detallados a fs. 1 y1 vuelta del expediente 4112-7283/99, y,

CONSIDERANDO:

   Que corresponde su registro y puesta en vigencia a los efectos de iniciar las obras comprendidas en el mismo.
   Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por la Ordenanza 1329/92,

DECRETA

 

ARTICULO_1.- Apruébase y pónese en vigencia el convenio celebrado con el CORFODELTA, que seguidamente se transcribe:

En Tigre, a los nueve días del mes de marzo del año mil  novecientos noventa y nueve, entre La Municipalidad de Tigre, representada en este acto por el señor Intendente Municipal del Partido de Tigre, Contador Ricardo José Ubieto, con domicilio en Avda. Cazón 1514, de Tigre, en adelante LA MUNICIPALIDAD, y la CORPORACIÓN DE FOMENTO DEL DELTA BONAERENSE, representada en este acto por su Presidente Dr. RUBEN POZZI, con domicilio en  ..........., en adelante CORFODELTA, se celebra el presente convenio de colaboración enmarcado en el régimen de la Ordenanza 1329/92, promulgada por Decreto 1962/92, y en cumplimiento de la propuesta radicada por expediente 4112-7283/99, conforme a las siguientes cláusulas.
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD acepta la propuesta ofrecida por CORFODELTA mediante expediente 4112-7283/99, y ambas aprueban el proyecto de construcción, reparación y demás trabajos necesarios para el correcto funcionamiento de los muelles, puentes peatonales y pasarelas detallados a fs. 1 y1 vuelta del mencionado expediente, cuya copia integra el presente convenio.
SEGUNDA: CORFODELTA  toma a su cargo la mano de obra para la ejecución total de las obras objeto de la cláusula anterior, la que se fija en un monto de pesos nueve mil novecientos cuarenta ($ 9.940,00), y la MUNICIPALIDAD toma a su cargo el costo total de los materiales (madera), los que se fijan en la suma de pesos nueve mil ciento noventa ($ 9.190,00).
En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a  un solo efecto.

ARTICULO_2.- Dese intervención a la Contaduría Municipal a los efectos de imputar el gasto en la partida específica del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTICULO 3.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_4.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por las Secretarías de Gobierno y de Obras Públicas.

 


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 501/99