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Habilitaciones - Decreto 253/09

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto H3 
Habilitaciones 


DECRETO 253/09

TIGRE,  10 de marzo de 2009.-

VISTO:

Que por Ordenanza 2988/08 se dispuso para que los prestadores de servicios al turismo comprendidos en hospedajes, restaurantes, casas particulares, cabañas y cualquier otro emprendimiento ubicado en la Localidad Delta de Tigre, excluyendo los recreos, que se regirán por la normativa que regula en la materia, se registren mediante presentación de declaración jurada, concediéndosele un (1) año de plazo para adecuar el establecimiento a las normas vigentes para el rubro y la zona, y,

CONSIDERANDO:

Que conforme lo dispone el Art. 3º de dicha Ordenanza resulta necesaria su reglamentación a los efectos de instrumentar el marco jurídico correspondiente a su aplicabilidad.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO_1.- Concédase autorización precaria de funcionamiento para todos aquellos establecimientos registrados en el marco de la Ordenanza 2988/08, indicando la fecha de inicio y vencimiento.

ARTICULO 2.- Dentro del plazo establecido en la autorización precaria antes mencionada no será de aplicación el régimen  contravencional de la Ordenanza 1101/90 “Código Contravencional del Partido de Tigre”.-

ARTICULO 3.- La aplicación del presente reglamento queda comprendida en el inciso 1) del artículo 1º del Decreto 2348/07, de facultades de Departamento Ejecutivo delegadas en la Secretaría de Inversión Pública, Urbanismo y Gestión Ambiental.-

ARTICULO 4.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y de Inversión Pública, Urbanismo y Gestión Ambiental.

ARTICULO_5.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Secretaría de Inversión Pública, Urbanismo y Gestión Ambiental y por la Agencia de Desarrollo Turístico.

 


Firmado: Julio Zamora, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
Antonio Grandoni, Secretario de Inversión Pública, Urbanismo y Gestión Ambiental
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 253/09