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Habilitaciones - Decreto 404/05

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto H3 
Habilitaciones


DECRETO 404/05

TIGRE, 16 de febrero de 2005.-


VISTO:
El Decreto del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires Nº 12/05, cuyo artículo 1º, que seguidamente se transcribe, determina los rubros comprendidos en su regulación:

ARTÍCULO 1. – Los establecimientos o locales que funcionen como confiterías bailables, discotecas, discos, salas de baile, clubes, confiterías, bares dancing, pubs, cabarets, boites y demás locales donde se realicen actividades similares, tanto en lugares cerrados como al aire libre, cualquiera fuere su denominación o actividad principal y la naturaleza o fines de la entidad organizadora, deberán cumplir con los requisitos establecidos en el presente decreto.

CONSIDERANDO:

Que la Dirección de Bomberos del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, libró la nota circular Nº 18/05, solicitando se le remite una copia de los actos administrativos de habilitación de los rubros comprendidos en dicho Decreto, siendo procedente acceder a lo solicitado en función del control de seguridad que dicha dependencia realiza en los mismos.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.- Por la Dirección de Despacho General y Digesto se incluirá en la redacción del artículo final de los actos administrativos de habilitación de nuevos locales comprendidos en el Decreto Nº 12/05 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires, la remisión de copia a la Dirección de Bomberos del Ministerio de Seguridad de la provincia de Buenos Aires, la que será efectivizada por Área Mesa de Entradas mediante la transmisión por FAX 0221-425-9234, como acto integrado al proceso de notificación dispuesto por Decreto 1284/03.-

ARTICULO 2.- Encomiéndase a la Dirección General de Habilitaciones de Comercios incluir la obligación dispuesta en el artículo anterior, en el último casillero del “Informe Final” puesto en vigencia por Decreto 1284/03.-

ARTICULO 3.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_4.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Remítase copia a la Dirección de Bomberos del Ministerio de Seguridad de la provincia de Buenos Aires. Cúmplase.

 


Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 404/05