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Contravenciones - Decreto 9/13

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C16
CONTRAVENCIONES


DECRETO 9/13

TIGRE, 7 de enero de 2013.-

VISTO:

La Ley 8751 “Código de Faltas de los Municipios de la Provincia de Buenos Aires”, y,

CONSIDERANDO:

Que por aplicación de la mencionada Ley el Honorable Concejo Deliberante dicta el régimen de faltas cuya detección corresponde a este Departamento Ejecutivo.

Que resulta procedente reglamentar la competencia de las distintas dependencias a los efectos de regular el inicio del proceso contravencional.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTÍCULO_1.- Pónese en vigencia la distribución de competencias de dependencias de este Departamento Ejecutivo en el labrado de actas de constatación y de intimación, con y sin medidas preventivas, conforme al cuadro que se incorpora como anexo del presente.

ARTÍCULO 2.- Instrúyase a las dependencias municipales a los efectos del estricto cumplimiento de las competencias asignadas.

ARTÍCULO 3.- Refrende el presente Decreto la señora Secretaria de Gobierno.

ARTÍCULO_4.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por Secretaría de Gobierno, Subsecretaría de Faltas.

D3237
BO.676
22-01-13

Firmado: Sergio Massa, Intendente Municipal. Mónica B. Neffke, Secretaria de Gobierno.

DECRETO N° 9/13